Orden DSA/819/2020, de 3 de septiembre, por la que se regula la composición y funcionamiento del Consejo de Desarrollo Sostenible.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** El Consejo de Desarrollo Sostenible es un órgano de asesoramiento que funciona como espacio de participación de la sociedad civil para colaborar en el cumplimiento de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Se compone de representantes de empresas, sindicatos, universidades, investigación y organizaciones sociales, ambientales y culturales. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las organizaciones de la sociedad civil que participan en el Consejo: empresas y patronales, sindicatos, universidades, centros de investigación, ONG de desarrollo, plataformas de voluntariado, organizaciones que defienden derechos sociales, personas con discapacidad, y entidades que trabajan en medio ambiente y desarrollo sostenible. También afecta a la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, que lo dirige. **¿Qué cambia o establece?** Establece cómo funciona el Consejo: quién lo preside, cómo se elige, cuántos representantes hay de cada sector (60 vocales en total), y qué tareas tiene: aconsejar sobre planes de sostenibilidad, hacer análisis e informes, comunicar la Agenda 2030 a los ciudadanos, y coordinar el diálogo entre empresas, sindicatos, ONG y otras organizaciones. También adscribe el Consejo al Ministerio de Derechos Sociales, sustituyendo la regulación anterior.
💬 Contexto ciudadano
La Orden DSA/819/2020 regula la composición y funcionamiento del Consejo de Desarrollo Sostenible, órgano consultivo creado para incorporar a la sociedad civil en el seguimiento de la Agenda 2030. España había asumido compromisos de gobernanza participativa ante la ONU que exigían mecanismos de consulta multisectorial. A diferencia de Alemania —con un Consejo de Desarrollo Sostenible muy consolidado desde 2001 y publicaciones de referencia internacionales— o de Países Bajos, cuya plataforma de ODS es pionera en Europa, el modelo español se articuló con cierto retraso. La orden establece el equilibrio entre representación empresarial, sindical, académica y de organizaciones de la sociedad civil, siguiendo el patrón de los consejos económicos y sociales ya existentes en la arquitectura institucional española.