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Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 9/1984, de 22 de diciembre, de la Bandera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

BOE-A-1985-2526Publicada: 09/02/1985Comunidad Autónoma de Cantabria

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 9/1984, de 22 de diciembre, de la Bandera de la Comunidad Autónoma de Cantab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 9/1984, de 22 de diciembre, establece el diseño, uso y regulación de la bandera de la Comunidad Autónoma de Cantabria, basándose en el Estatuto de Autonomía y la Constitución Española. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada por la Asamblea Regional de Cantabria y promulgada por el Presidente de la Diputación Regional. Se fundamenta en el artículo 3.1 y 4 del Estatuto de Autonomía, que reconoce la bandera como símbolo de la comunidad. La ley busca regular su uso en consonancia con la normativa estatal (Ley 39/1981) y las competencias autonómicas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 9/1984 regula el uso de la bandera de Cantabria, estableciendo normas sobre su diseño, jerarquía, prohibiciones y autorizaciones. - **Artículo 1º**: Define la bandera como dos franjas horizontales iguales, blanca superior y roja inferior, conforme al Estatuto de Autonomía. - **Artículo 2º**: Establece que la bandera regional debe ondear preferentemente en edificios públicos civiles, junto a la bandera de España, en cumplimiento de la Ley 39/1981. - **Artículo 3º**: Regula la jerarquía al usarla junto a otras banderas: la de España ocupa el lugar de honor. Si el número de banderas es impar, la regional está a la izquierda de España; si es par, a la derecha. Además, su tamaño no puede superar al de España ni ser menor que el de otras entidades. - **Artículo 4º**: Prohíbe la inclusión de símbolos políticos, sindicales o privados en la bandera regional. - **Artículo 5º**: Exige autorización del Consejo de Gobierno para su uso como distintivo de productos o mercancías. - **Disposiciones Adicionales**: - Primera: Para aspectos no regulados, se aplica la Ley 39/1981. - Segunda: El Consejo de Gobierno regulará normas complementarias mediante decreto. - **Disposición Final**: La ley entra en vigor al publicarse en el *Boletín Oficial de Cantabria* (9 de enero de 1985) y en el *Boletín Oficial del Estado*. La norma se alinea con el artículo 4.2 de la Constitución, que reconoce el derecho a los símbolos autonómicos, y con el artículo 3.1 del Estatuto de Autonomía, que establece la bandera como símbolo de la comunidad. Además, se integra en el marco legal de la Ley 39/1981, que regula el uso de banderas en España. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 9/1984 establece normas claras sobre el diseño, uso y jerarquía de la bandera de Cantabria, garantizando su uso adecuado en contextos públicos y privados. Prohíbe su uso para promocionar entidades no estatales y exige autorización para su uso comercial. La norma refleja el equilibrio entre la autonomía regional y la normativa estatal. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Diseño oficial**: Bandera con dos franjas horizontales (blanca y roja). ⚠️ **Jerarquía**: La bandera de España siempre ocupa el lugar de honor. 📋 **Regulación del uso**: Requisitos de tamaño y posición al usarse junto a otras banderas. ℹ️ **Prohibiciones**: No se permite incluir símbolos políticos o privados. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Cantabria. - **Fuente**: Ley Ordinaria. - **Tipo**: Ley Ordinaria. - **Fecha**: 22 de diciembre de 1984. - **Materias**: Autonomía, Símbolos y emblemas. - **Relevancia**: ALTA (regula un símbolo fundamental de la comunidad autónoma). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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