Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se modifican los plazos de la exención concedida mediante Resolución de 2 de abril de 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139, para la finalización de la formación de tipo y OJT necesarios para la inclusión de una habilitación de tipo en una licencia de mantenimiento de aeronaves, en relación con la situación creada por la crisis global del COVID-19.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta es una norma emitida en octubre de 2020 por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que prorroga los plazos para completar la formación de técnicos de mantenimiento de aeronaves. La norma fue dictada como respuesta a las dificultades generadas por la pandemia de COVID-19, que impidió que muchos solicitantes terminaran sus cursos en el tiempo previsto. **¿A quién afecta?** Afecta a personas que poseen o están tramitando una licencia de mantenimiento de aeronaves y que iniciaron un curso de formación teórica, práctica o de trabajo en el puesto (OJT) en algún momento entre el 14 de marzo de 2020 y el 14 de noviembre de 2020. Específicamente, beneficia a quienes tenían un plazo de tres años que vencería en ese período. **¿Qué cambia o establece?** Amplía el plazo para terminar la formación y presentar la solicitud ante la Agencia: en lugar de los cuatro meses adicionales que se habían concedido antes, ahora se otorgan seis meses más. Esta prórroga fue válida hasta el 14 de noviembre de 2020, permitiendo a los afectados continuar su formación sin perder su derecho a obtener la habilitación profesional.
💬 Contexto ciudadano
Antes de octubre de 2020 existía una exención inicial de abril de ese año que ya había ampliado los plazos de formación en mantenimiento de aeronaves a cuatro meses adicionales, pero la persistencia de las restricciones COVID obligó a esta segunda prórroga de seis meses. Esta regulación implementa el Reglamento (UE) 2018/1139, que establece normas de aviación civil armonizadas en toda la Unión, permitiendo a cada Estado miembro adaptar tiempos de cumplimiento en situaciones excepcionales. Mientras España fue ágil en otorgar estas prórroga graduales, otros Estados miembros variaron en sus enfoques, con algunos manteniendo plazos más rígidos. La medida resulta crítica para los técnicos en formación porque una expiración de plazo podría significar repetir formaciones costosas; esta prórroga protege sus inversiones educativas y facilita la incorporación al mercado laboral aeronáutico sin perder derechos ya en curso.