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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.

BOE-A-1977-461Publicada: 08/01/1977Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería, establece medidas para promover la actividad minera en España, garantizando el abastecimiento de materias primas minerales a la industria nacional. Establece beneficios fiscales, un Estatuto del Minero y medidas transitorias para regular la actividad minera y mejorar condiciones laborales. **2. CONTEXTO** España depende del exterior en más del 50% del aprovisionamiento de materias primas minerales, lo que genera riesgos de estrangulamiento para su desarrollo económico. La crisis mundial en el mercado de materias primas minerales llevó a países industrializados a crear planes de abastecimiento. Para España, la elaboración de planes como el Plan Nacional de Abastecimiento de Materias Primas Minerales se convirtió en una necesidad urgente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería, se divide en tres títulos y contiene disposiciones adicionales y transitorias. El Título I regula el fomento de la minería, mientras que el Título II establece medidas de promoción y desarrollo. La Ley destaca por su enfoque en la estabilidad económica y la seguridad laboral. **Artículo Séptimo**: "Las disposiciones legales que afecten a materias reguladas dentro del ámbito de la presente Ley continuarán subsistentes en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la misma." Esto significa que normas vigentes en el sector minero no se derogarán si no contradicen esta ley. **Artículo Octavo**: "La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»." Esto establece un plazo claro para su aplicación. **Disposición Adicional Uno**: El Gobierno promulgará en un año un Estatuto del Minero, regulando aspectos como la seguridad social (con reducción de la edad de jubilación), seguridad en el trabajo, reconversión profesional, prestación por desempleo, sistemas de remuneración, participación en resultados de la empresa y mejoras sociales. **Disposición Adicional Dos**: El Gobierno tomará medidas para dignificar y mejorar el hábitat minero en el mismo plazo. **Disposiciones Transitorias Uno**: Los beneficios fiscales se aplicarán a inversiones realizadas en 1976. **Disposiciones Transitorias Dos**: Hasta que se aprueben créditos presupuestarios para el artículo 20, se utilizarán créditos del Fondo de Reestructuración de Sectores (Minería del Carbón) no utilizados. La Ley también menciona la creación de un Plan Energético Nacional, un Plan Nacional de Exploración de Uranio y un Plan Nacional de Abastecimiento de Materias Primas Minerales, todos vinculados a la promoción de actividades mineras en el territorio nacional y en el extranjero. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 6/1977 busca garantizar la seguridad del abastecimiento minero en España mediante medidas fiscales, laborales y de desarrollo. Su enfoque en la estabilidad económica y la mejora de condiciones laborales refleja la importancia del sector minero para la industria nacional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fomento de la minería**: Establece medidas para garantizar el abastecimiento de materias primas minerales. ⚠️ **Dependencia externa**: España depende del exterior en más del 50% del aprovisionamiento. 📋 **Estatuto del Minero**: Regula seguridad social, condiciones laborales y participación en resultados. ℹ️ **Transitorias**: Beneficios fiscales aplicables a inversiones de 1976 y uso de créditos no utilizados. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Ley 6/1977, de 4 de enero - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional - **Fecha**: 4 de enero de 1977 - **Materias**: Minería, economía, seguridad laboral, desarrollo industrial - **Relevancia**: ALTA (refleja la importancia del sector minero para la economía nacional y la regulación laboral). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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