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Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Estado Español y la República Federativa del Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en Brasilia el 14 de noviembre de 1974.

BOE-A-1975-26928Publicada: 31/12/1975Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Estado Español y la República ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente documento es el Instrumento de Ratificación del Convenio entre España y Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, firmado en Brasilia el 14 de noviembre de 1974. Resuelve la ratificación formal del acuerdo por parte del Estado español, con efectos desde el 3 de diciembre de 1975. **2. CONTEXTO** El Convenio fue firmado en 1974 por representantes de España y Brasil con el objetivo de establecer un marco jurídico para evitar la doble imposición y combatir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. La ratificación española fue aprobada por el Jefe del Estado, Francisco Franco, mediante un decreto firmado el 22 de marzo de 1975. El texto incluye disposiciones sobre la aplicación del convenio a personas residentes en ambos países, así como reglas para la deducción de impuestos y la coordinación fiscal. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Instrumento de Ratificación formaliza la adhesión de España al Convenio de 1974, que establece mecanismos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. El Convenio se aplica a personas residentes en España o Brasil y regula los impuestos sobre la renta exigidos por ambos países. En el artículo 1, se define el ámbito personal del convenio, mientras que el artículo 2 detalla los impuestos sujetos a su aplicación, incluyendo los impuestos sobre la renta de personas físicas y jurídicas. Un punto clave es el artículo 24, párrafo 4, que establece que los créditos fiscales otorgados a residentes de un tercer Estado no situado en Iberoamérica pueden ser deducidos para determinar la renta imponible de una sociedad residente en Brasil, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Además, el artículo 12, párrafo 3, menciona la deducción de cánones pagados por una sociedad brasileña a un residente de un tercer Estado, lo cual se extiende automáticamente a sociedades brasileñas que pagan cánones a residentes españoles. El Convenio también incluye un Protocolo Anejo, que modifica y complementa las disposiciones originales. Por ejemplo, se establece que si Brasil permite la deducción de cánones pagados a residentes de terceros Estados no situados en Iberoamérica, esta deducibilidad se aplicará automáticamente a sociedades brasileñas que paguen cánones a residentes españoles. La entrada en vigor del Convenio se produjo el 3 de diciembre de 1975, tras el canje de los instrumentos de ratificación, según lo previsto en el artículo 29. El texto fue firmado por los plenipotenciarios de ambos países en Brasilia el 14 de noviembre de 1974, en español y portugués, con igual validez. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Instrumento de Ratificación formaliza la adhesión de España al Convenio de 1974, estableciendo mecanismos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. El Convenio regula la deducción de impuestos y la coordinación fiscal entre ambos países. Su entrada en vigor en 1975 marcó un hito en la cooperación fiscal internacional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ⚠️ **Aplicación**: Se aplica a personas residentes en España o Brasil, con reglas específicas para sociedades y residentes de terceros países. 📋 **Artículos clave**: Artículos 1, 2, 12 y 24, que regulan el ámbito, los impuestos y las deducciones fiscales. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: 3 de diciembre de 1975, tras el canje de instrumentos de ratificación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Ley Ordinaria Nacional. - **Tipo**: Convenio internacional. - **Fecha**: 14 de noviembre de 1974 (firma) y 3 de diciembre de 1975 (entrada en vigor). - **Materias**: Impuestos sobre la renta, evasión fiscal, doble imposición. - **Relevancia**: ALTA (importante para la cooperación fiscal internacional). **Palabras clave**: Convenio, doble imposición, evasión fiscal, impuestos sobre la renta, ratificación, España, Brasil. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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