Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio del ron.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación Espe ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto 1228/1975 establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio del ron, regulando su producción, comercialización y ordenación jurídica. 2. **CONTEXTO** Este Decreto fue dictado en el marco de la Ley 25/1975, que aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes. En dicho texto, el artículo 34.2 establecía que los aguardientes, entre ellos el ron, deberían estar sujetos a una reglamentación especial. El Decreto 1228/1975 se fundamenta en el Reglamento General de dicha Ley, aprobado mediante el Decreto 835/1972, y se dicta con el objetivo de regular específicamente el ron. La norma fue aprobada tras informes de organismos como la Organización Sindical y la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, y con el dictamen del Consejo de Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 1228/1975 establece una reglamentación especial para el ron, con el objetivo de definirlo legalmente y fijar normas obligatorias sobre su elaboración, comercialización y ordenación jurídica. La reglamentación se aplica tanto a productos nacionales como importados. Los destinatarios son los destiladores, elaboradores, comerciantes y importadores de ron. Se define al destilador como la persona que realiza las operaciones industriales necesarias para obtener aguardientes, y al elaborador como aquel que obtiene el ron a partir de la caña de azúcar. Ambas actividades pueden coexistir en una misma unidad empresarial. El Decreto también establece que el Código Alimentario Español, aprobado por el Decreto 484/1967, se adaptará a las normas de esta reglamentación. Además, se permite a las Agrupaciones de Fabricantes de Aguardientes y Destilados, así como a las de Fabricantes de Ron y Aguardiente-caña, establecer acuerdos interprofesionales a través de los Sindicatos Nacionales, con el fin de regular los precios máximos de los aguardientes y destilados dentro del régimen de libertad de precios. Estos acuerdos deben ser sometidos a la consideración del Ministerio de Industria para obtener su conformidad, si fuera necesario. En lo que respecta a la competencia en materia alimentaria, se estará a lo establecido en el Decreto 797/1975, de 21 de marzo, relativo a la Dirección General de Sanidad. Finalmente, se autoriza a los Ministerios de la Gobernación, Hacienda, Industria y Comercio para dictar las disposiciones necesarias para el mejor cumplimiento de la reglamentación. El Decreto fue aprobado en Madrid el 5 de junio de 1975, y firmado por Francisco Franco, Presidente del Gobierno, y por Antonio Carro Martínez, Ministro de la Presidencia del Gobierno. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 1228/1975 establece una reglamentación especial para el ron, con normas obligatorias sobre su producción, comercialización y ordenación jurídica. Se define claramente quiénes son los destiladores y elaboradores, y se establece la adaptación del Código Alimentario Español a esta norma. Además, se permite la regulación de precios máximos mediante acuerdos interprofesionales. La norma fue aprobada en 1975 y sigue vigente en su contexto histórico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición legal del ron**: Se establece el concepto legal del ron y se fija su regulación obligatoria. ⚠️ **Destiladores y elaboradores**: Se distinguen claramente las funciones de los destiladores y elaboradores, con posibilidad de coexistencia. 📋 **Regulación de precios**: Se permite la regulación de precios máximos mediante acuerdos interprofesionales. ℹ️ **Adaptación del Código Alimentario**: El Código Alimentario Español se adapta a esta reglamentación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Decreto 1228/1975 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 5 de junio de 1975 - **Materias**: Alimentación, bebidas alcohólicas, regulación industrial, comercio - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ron, reglamentación especial, destilación, comercio, Código Alimentario, acuerdos interprofesionales, industria alimentaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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