Saltar al contenido principal
Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrumento de Adhesión de España al Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (C. M. R.), hecho en Ginebra el 19 de mayo de 1956.

BOE-A-1974-753Publicada: 07/05/1974Ministerio de Asuntos Exteriores

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Instrumento de Adhesión de España al Convenio relativo al Contrato de Transporte ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley Ordinaria de España establece la adhesión del país al Convenio de Ginebra de 1956 sobre el transporte internacional de mercancías por carretera (C.M.R.), con excepción de Gibraltar, basada en el Tratado de Utrecht de 1713. **2. CONTEXTO** El Convenio de Ginebra de 1956 busca armonizar normas sobre transporte internacional de mercancías por carretera, incluyendo responsabilidades del transportista. España se adherió en 1974, declarando no aplicar el Convenio a Gibraltar debido a su régimen jurídico. La adhesión fue depositada ante las Naciones Unidas y entró en vigor en mayo de 1974. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Instrumento de Adhesión de España al C.M.R. fue firmado por Laureano López Rodó, Ministro de Asuntos Exteriores, en 1973, y depositado en 1974. El Convenio establece que su aplicación se extiende a contratos de transporte entre países contratantes, independientemente de la nacionalidad de las partes (Art. 1.1). Se excluyen transportes entre el Reino Unido y Irlanda (Protocolo de Firma, punto 1). España declaró no aplicar el Convenio a Gibraltar, argumentando que el Tratado de Utrecht de 1713 no otorga comunicación terrestre con España (Art. 10 del Tratado de Utrecht). El Convenio incluye un preámbulo que reconoce la necesidad de normalizar condiciones de transporte, especialmente documentación y responsabilidades. En el Capítulo I, el ámbito de aplicación se define como transporte oneroso entre países distintos, con al menos un país contratante (Art. 1.1). Se mencionan vehículos como automóviles, remolques y semirremolques (Art. 4). El Protocolo de Firma añade que España se compromete a negociar convenios sobre transporte combinado y mudanza. El Convenio entró en vigor el 13 de mayo de 1974 tras su depósito en Naciones Unidas. La adhesión de España fue firmada por representantes de múltiples países, incluyendo España, y se publicó en Madrid el 22 de abril de 1974. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La adhesión de España al C.M.R. establece su compromiso con normas internacionales de transporte, con excepción de Gibraltar. El Convenio entró en vigor en 1974, con aplicabilidad a contratos entre países contratantes. La declaración sobre Gibraltar refleja la complejidad de su régimen jurídico. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adhesión al C.M.R.**: España se adherió en 1974, con excepción de Gibraltar. ⚠️ **Exclusión de Gibraltar**: Basada en el Tratado de Utrecht de 1713. 📋 **Protocolo de firma**: Incluye cláusulas sobre transporte combinado y mudanza. ℹ️ **Entrada en vigor**: 13 de mayo de 1974 tras depósito en Naciones Unidas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (derecho de transporte). - **Fuente**: Ley Ordinaria de España. - **Tipo**: Instrumento de adhesión a un convenio internacional. - **Fecha**: 12 de febrero de 1974 (depósito), 13 de mayo de 1974 (entrada en vigor). - **Materias**: Derecho internacional privado, transporte, comercio. - **Relevancia**: ALTA (afecta a normas de transporte internacional y régimen jurídico de Gibraltar). **Palabras clave**: C.M.R., adhesión, Gibraltar, Tratado de Utrecht, transporte internacional. **Total de palabras**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →