Acuerdo Administrativo estándar relativo al Fondo conjunto para la Agenda 2030: Apoyo estratégico integrado para la promoción de los ODS Fondo fiduciario de asociados múltiples por el que se prevé la gestión intermediada de los fondos, hecho en Nueva York, el 16 de abril de 2018.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples de las Naciones Unidas. Mediante este acuerdo, España aporta dinero a un Fondo Conjunto para la Agenda 2030, que es una cuenta común donde varias organizaciones de las Naciones Unidas reciben fondos de diferentes donantes para financiar proyectos sobre Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). **¿A quién afecta?** Afecta a España como donante de recursos económicos, a la Oficina de los Fondos Fiduciarios que actúa como intermediaria administrativa, y a las organizaciones de las Naciones Unidas que participan en el Fondo para ejecutar programas de desarrollo. El acuerdo no es vinculante bajo el derecho internacional, sino un compromiso administrativo. **¿Qué cambia o establece?** España se compromete a aportar 10 millones de dólares estadounidenses, que transferirá según un calendario de pagos a una cuenta bancaria en Nueva York. La Oficina de los Fondos puede descontar una comisión del 1% para cubrir sus gastos de administración. El dinero se expresará en dólares, se gestionará conforme a las normas de la Oficina, y se mezclará con aportes de otros donantes sin identificarse por separado. El acuerdo rige desde 2017 hasta el 31 de diciembre de 2021, con posibilidad de prórroga.
💬 Contexto ciudadano
El Acuerdo Administrativo con la Oficina de Fondos Fiduciarios de la ONU canaliza la contribución española al Fondo Conjunto para la Agenda 2030, destinado a apoyar la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. España fue en 2018 uno de los principales donantes a este fondo multilateral, continuando una tradición de financiación de mecanismos ONU que se remonta a los Fondos para el Logro de los ODM de la década anterior. La gestión intermediada por la MPTFO garantiza que los fondos aportados por varios donantes se agrupen y distribuyan con criterios acordados multilateralmente, a diferencia de la ayuda bilateral directa, aumentando el impacto y la coherencia con las prioridades globales de desarrollo.