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Ley OrdinariaNacionalvigente

Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.

BOE-A-1972-531Publicada: 08/04/1972Ministerio de Asuntos Exteriores

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Adminis ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto 801/1972 establece un marco normativo para la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales, con el objetivo de regular y ordenar dicha actividad, garantizando la transparencia y la uniformidad en la gestión de los tratados internacionales celebrados por España. 2. **CONTEXTO** La normativa previa sobre la actividad del Estado en materia de tratados internacionales era dispersa y no ofrecía una regulación sistemática, lo que generaba desigualdades e inseguridad jurídica. El Consejo de Estado había señalado la necesidad de una normativa clara y completa para evitar interpretaciones divergentes. El Decreto busca resolver esta situación al establecer un marco integrado y coherente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 801/1972, de 24 de marzo de 1972, regula la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales, estableciendo un marco normativo que busca garantizar la transparencia, la uniformidad y la seguridad jurídica en la gestión de los tratados internacionales. El Decreto se fundamenta en la necesidad de una regulación sistemática, ya que las normas previas eran dispersas y no ofrecían una regulación completa. El Decreto establece que las comunicaciones suscritas por el Secretario general técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores deben publicarse en el «Boletén Oficial del Estado». Estas comunicaciones incluyen la participación de otros Estados en tratados multilaterales en los que España sea parte, con la inclusión de las reservas formuladas por esos Estados y las objeciones a las mismas hechas por España. También se menciona la retirada de las reservas formuladas por España o por otros Estados, así como cualquier otro acto internacional relativo a la enmienda, modificación, terminación o suspensión de la aplicación de los tratados en los que España sea parte. Además, el Decreto establece que los textos originales de los tratados celebrados por España o ejemplares autorizados de los mismos, así como cualquier instrumento o comunicación relativa a un tratado, deberán custodiarse en el Registro de Tratados del Ministerio de Asuntos Exteriores. Esto garantiza la preservación y accesibilidad de los documentos oficiales. El Decreto también establece que, sin perjuicio de su publicación en el «Boletén Oficial del Estado», corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores adoptar las medidas necesarias para facilitar el conocimiento de las obligaciones internacionales asumidas por España. Esto incluye la publicación periódica de colecciones de los tratados en los que España sea parte, la publicación periódica de una lista de los tratados en vigor y obligatorios para España, y el establecimiento de sistemas de ordenación de datos relativos a los tratados. Estas medidas buscan garantizar que todos los órganos de la Administración y los particulares tengan acceso a la información necesaria sobre los tratados internacionales. Finalmente, el Decreto autoriza al Ministro de Asuntos Exteriores para adoptar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación del presente Decreto. Esto permite una flexibilidad en la implementación de las normas establecidas, adaptándose a las necesidades prácticas de la Administración. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 801/1972 establece un marco normativo para la gestión de los tratados internacionales en España, buscando garantizar la transparencia, la uniformidad y la seguridad jurídica. Establece obligaciones claras para el Ministerio de Asuntos Exteriores en la publicación y custodia de los tratados, así como en la facilitación del conocimiento de las obligaciones internacionales asumidas por España. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la actividad de la Administración en materia de tratados internacionales** ⚠️ **Falta de normativa previa coherente y sistemática** 📋 **Publicación obligatoria en el Boletín Oficial del Estado de comunicaciones relativas a tratados internacionales** ℹ️ **Custodia de textos originales y ejemplares autorizados en el Registro de Tratados del Ministerio de Asuntos Exteriores** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Decreto 801/1972 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 24 de marzo de 1972 - **Materias**: Derecho internacional público, Derecho administrativo, Derecho de los tratados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tratados internacionales, Administración del Estado, publicación, custodia, Ministerio de Asuntos Exteriores, seguridad jurídica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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