Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, crea el Parque Nacional de Doñana, estableciendo su delimitación territorial y la titularidad de las fincas que lo componen. **2. CONTEXTO** El Decreto se emitió en el marco de una legislación nacional que ya reconocía la importancia de la conservación de los recursos naturales. La Ley de Montes de 1957 y su Reglamento de 1962 otorgaron a la Administración los medios necesarios para designar Parques Nacionales. El Decreto de 1968, relativo al Servicio de Pesca Continental, Caza y Parques Nacionales, complementó esta normativa. El Parque Nacional de Doñana fue creado con el objetivo de proteger un área de gran valor ecológico y cultural, reconocida internacionalmente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, establece la creación del Parque Nacional de Doñana, con base en la legislación vigente, incluyendo la Ley de Montes de 1957, su Reglamento de 1962 y el Decreto de 1968. La norma define claramente la delimitación territorial del Parque, que abarca las Marismas del Guadalquivir, especialmente la región de Doñana, considerada uno de los lugares más extraordinarios de Europa en términos de biodiversidad. El Decreto detalla las fincas que componen el Parque Nacional, incluyendo la **La Algaida de Doñana**, propiedad de los herederos de don Salvador Nogueras; la **Estación Biológica de Doñana**, propiedad del Consejo Superior de Investigaciones Científicas; el **Puntal de Doñana**, propiedad de don Manuel González Gordons; las **Marismillas**, propiedad de los herederos del Marqués de Borguetto; las **Nuevas**, propiedad de don Leo Biaggi; el **Laboratorio Leo Biaggi**, donado por el C. S. I. C.; la **Marisma de Guadiamar**, propiedad de la sociedad anónima "Marisma de Guadiamar"; el **Garrido**, propiedad de don Clemente Tassara; la **Marisma de Hinojos**, propiedad del Ayuntamiento de Hinojos; los **Guayules**, propiedad de la Empresa Nacional Calvo Sotelo; y el **Coto Ybarra**, propiedad de la P. F. E. La delimitación territorial se establece mediante coordenadas y límites precisos, con una descripción detallada de los puntos extremos del Parque: norte, sur, este y oeste. El límite norte se define como el punto donde la dirección recta que cierra el Parque en el muelle del Rey se intersecta con el límite este y oeste. La norma también establece que el Parque Nacional de Doñana se incorpora a la categoría de áreas protegidas, con el fin de garantizar su conservación y protección. La creación del Parque se fundamenta en la necesidad de preservar la riqueza natural de la zona, que ha sido reconocida por organizaciones internacionales, incluida la ONU, que lo incluyó en su lista de Parques Nacionales y Reservas Análogas. El Decreto refleja la visión de un país que prioriza la conservación de los recursos naturales, reconociendo que la intervención humana debe ser responsable y respetuosa con el medio ambiente. La protección del Parque Nacional de Doñana se justifica por su valor ecológico, científico y cultural, así como por su importancia para la fauna y flora migratorias. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 2412/1969 crea el Parque Nacional de Doñana, con una delimitación territorial precisa y la titularidad de las fincas que lo componen. La norma se basa en una legislación previa que reconoce la importancia de la conservación de los recursos naturales. El Parque es un ejemplo de protección ambiental en el contexto nacional e internacional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Parque Nacional de Doñana**: El Decreto 2412/1969 establece la creación del Parque Nacional de Doñana. ⚠️ **Legislación previa**: La norma se fundamenta en la Ley de Montes de 1957 y su Reglamento de 1962. 📋 **Delimitación territorial**: Se detalla la ubicación y los límites del Parque Nacional. ℹ️ **Titularidad de las fincas**: Se mencionan las propiedades que componen el Parque Nacional. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Decreto 2412/1969 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 16 de octubre de 1969 - **Materias**: Protección del medio ambiente, conservación de la naturaleza, delimitación territorial - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Parque Nacional de Doñana, conservación, biodiversidad, legislación ambiental, delimitación territorial, fincas, propiedad, protección ambiental, ONU, Huelva, Sevilla, fauna, flora, migratorias, ecológico, científico, cultural. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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