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Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrumentos de ratificación del Tratado de prohibición de pruebas con armas nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y bajo el agua.

BOE-A-1965-1Publicada: 08/01/1965Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Instrumentos de ratificación del Tratado de prohibición de pruebas con armas nuc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente resumen analiza la ratificación del Tratado de prohibición de pruebas con armas nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y bajo el agua, firmado en 1963 y ratificado por España en 1964. **2. CONTEXTO** El Tratado fue firmado por Estados Unidos, Reino Unido y la Unión Soviética en 1963 con el objetivo de prohibir pruebas nucleares en zonas específicas para reducir la contaminación radiactiva y promover el desarme. España, bajo el mandato de Franco, ratificó el instrumento en 1964, integrándose como parte de los Estados firmantes. La norma se inscribe en el marco de la ONU y busca establecer un control internacional sobre armas nucleares. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Tratado prohíbe a sus Partes la realización de explosiones nucleares en la atmósfera, el espacio ultraterrestre y bajo el agua, así como en cualquier medio físico que genere residuos radiactivos fuera de los límites territoriales del Estado. **Artículo I, 1**: "Cada una de las Partes del presente Tratado se compromete a prohibir, impedir y no realizar explosiones de pruebas con armas nucleares ni cualquier otra clase de explosión nuclear en ningún lugar situado bajo su jurisdicción o control". El Tratado establece que las Partes pueden renunciar a su participación si eventos extraordinarios comprometen sus intereses nacionales, notificando con tres meses de anticipación (**Artículo IV**). La duración del Tratado es ilimitada, y se depositó en Londres y Washington en 1964. **Artículo V** detalla que los textos en inglés y ruso son auténticos, y los Gobiernos depositarios expedirán copias certificadas a los Estados signatarios. La ratificación española fue aprobada por el gobierno de Franco en 1964, tras su examen por la Comisión de Tratados de las Cortes Españolas. El Instrumento de Ratificación fue firmado por Franco y el Ministro de Asuntos Exteriores, Fernando Marta Castellá y Maiz, en Madrid el 26 de noviembre de 1964. El Tratado busca evitar la contaminación radiactiva y fomentar el desarme, alineándose con los objetivos de las Naciones Unidas. No obstante, no aborda el uso de armas nucleares en conflictos, limitándose a la prohibición de pruebas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tratado establece un marco legal para prohibir pruebas nucleares en zonas específicas, con un mecanismo de renuncia y duración ilimitada. España ratificó el instrumento en 1964, integrándose en el sistema de control internacional. La norma refleja un compromiso con el desarme, aunque no aborda el uso de armas nucleares en conflictos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prohibición de pruebas nucleares**: Artículo I, 1, prohíbe explosiones en la atmósfera, espacio ultraterrestre y bajo el agua. ⚠️ **Renuncia a la participación**: Artículo IV permite la salida de la Parte si se comprometen intereses nacionales. 📋 **Duración ilimitada**: El Tratado no establece un plazo de vigencia. ℹ️ **Ratificación española**: Aprobada en 1964 bajo el mandato de Franco, con notificación a los Gobiernos depositarios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Ley Ordinaria. - **Tipo**: Tratado internacional. - **Fecha**: 1963 (firmado) / 1964 (ratificado). - **Materias**: Derecho internacional público, desarme, control de armas nucleares, contaminación radiactiva. - **Relevancia**: ALTA (importante para el derecho internacional y la política de no proliferación). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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