Decreto 1347/1969, de 26 de junio, por el que se reglamenta la opción de nacionalidad prevista en el Tratado sobre retrocesión del territorio de Ifni.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Decreto 1347/1969, de 26 de junio, por el que se reglamenta la opción de naciona ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Decreto 1347/1969 regula el procedimiento para la opción de nacionalidad española de los habitantes del territorio de Ifni, según el Tratado de retrocesión firmado en 1969 entre España y Marruecos. **2. CONTEXTO** El Tratado de 4 de enero de 1969 estableció la retrocesión del territorio de Ifni a Marruecos, pero permitió a sus habitantes optar por la nacionalidad española bajo condiciones específicas. Dicha opción requería un régimen jurídico particular, alineado con el Protocolo anejo al Tratado. El Decreto 1347/1969 fue aprobado en 1969 para formalizar este proceso. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 1347/1969, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* el 26 de junio de 1969, establece un marco legal detallado para la opción de nacionalidad española en el contexto del Tratado de Ifni. - **Artículo 1**: El interesado debe presentar una declaración ante el encargado del Registro Civil de su domicilio, acreditando los requisitos del artículo tercero del Tratado. Esta declaración debe incluir la comprobación de la condición de habitante del territorio de Ifni. - **Artículo 2**: El encargado del Registro Civil levanta una acta con los requisitos exigidos, la remite a la Dirección General de los Registros y del Notariado, y esta última califica el derecho del solicitante. Si la calificación es favorable, el encargado solicita un certificado fehaciente de la autoridad marroquí, que acredite la renuncia expresa a la nacionalidad marroquí. Una vez presentado el certificado, se procede al juramento de fidelidad al Jefe del Estado y obediencia a las leyes. - **Artículo 3**: La Dirección General ordena la inscripción de la opción en el Registro Civil correspondiente, con remisión de las actuaciones para su archivo. - **Artículo 4**: El Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. El Decreto se basa en el artículo tercero del Tratado de 1969, que establece que los habitantes de Ifni podrán optar por la nacionalidad española "en determinadas condiciones". Además, se alinea con el artículo primero del Protocolo anejo al Tratado, que detalla los requisitos específicos para la opción. La norma refleja un régimen especial, dado que la opción de nacionalidad no está sujeta a los principios generales de la Ley de Nacionalidad, sino a un procedimiento autónomo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 1347/1969 establece un procedimiento específico para la opción de nacionalidad española en el contexto del Tratado de Ifni. La norma garantiza la formalización de la opción mediante una serie de pasos regulados, incluyendo la verificación de requisitos y la renuncia a la nacionalidad marroquí. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento formalizado**: El Decreto detalla pasos específicos para la opción de nacionalidad, incluyendo declaración, verificación y certificación marroquí. ⚠️ **Requisitos estrictos**: La opción requiere la renuncia expresa a la nacionalidad marroquí, según el Protocolo anejo al Tratado. 📋 **Jurisdicción especial**: La norma se aplica exclusivamente al territorio de Ifni, bajo el marco del Tratado. ℹ️ **Vigencia inmediata**: El Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Decreto 1347/1969 - **Tipo**: Decreto legislativo - **Fecha**: 26 de junio de 1969 - **Materias**: Nacionalidad, tratados internacionales, derecho de los extranjeros - **Relevancia**: ALTA (regula un régimen jurídico específico en un contexto histórico y territorial único) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────