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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 2/1978, de 19 de enero, sobre modificación de la plantilla de la Carrera Diplomática.

BOE-A-1978-1853Publicada: 21/01/1978JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 2/1978, de 19 de enero, sobre modificación de la plantilla de la Carrera Dip ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 2/1978, de 19 de enero, modifica la plantilla de la Carrera Diplomática, estableciendo nuevos números de plazas en cada categoría, con aumentos específicos, y establece disposiciones transitorias para la transición de las modificaciones. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Presidente de las Cortes, Antonio Hernández Gil, en el año 1978. Se trata de una ley ordinaria nacional que busca adaptar la estructura de la Carrera Diplomática a nuevas necesidades institucionales. La reforma se inscribe en un contexto de reorganización del sistema diplomático español, con el objetivo de mejorar la eficiencia y la representación internacional del Estado español. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 2/1978, de 19 de enero, sobre modificación de la plantilla de la Carrera Diplomática, establece una nueva estructura de plazas en las diferentes categorías de la Carrera Diplomática, con aumentos específicos en cada una de ellas. Según el artículo 1, la plantilla se constituirá el 1 de enero de 1980, con los siguientes números de plazas: - **Veinte Embajadores de España** (aumento de ocho plazas). - **Sesenta Ministros Plenipotenciarios de primera clase** (aumento de diez plazas). - **Ochenta Ministros Plenipotenciarios de segunda clase** (aumento de veinte plazas). - **Cien Ministros Plenipotenciarios de tercera clase** (aumento de treinta plazas). - **Ciento cincuenta Consejeros de Embajada** (aumento de veinticinco plazas). - **Ciento cuarenta Secretarios de Embajada de primera clase** (aumento de doce plazas). - **Cien Secretarios de Embajada de segunda clase** (aumento de diez plazas). - **Cincuenta Secretarios de Embajada de tercera clase** (aumento de cinco plazas). El artículo 2 establece que el Ministerio de Hacienda habilitará los créditos necesarios en los presupuestos correspondientes para garantizar el cumplimiento de los nuevos números de plazas. Las disposiciones transitorias, contenidas en el artículo 3, detallan los aumentos progresivos en las plazas de cada categoría desde el 1 de enero de 1978 hasta el 1 de enero de 1980. Estas disposiciones transitorias son fundamentales para garantizar una transición ordenada y evitar desequilibrios en la estructura de la Carrera Diplomática. En concreto, la primera disposición transitoria establece que el 1 de enero de 1978 se aumentarán tres plazas en la categoría de Embajador de España, cuatro en la de Ministro Plenipotenciario de primera clase, siete en la de Ministro Plenipotenciario de segunda clase, diez en la de Ministro Plenipotenciario de tercera clase, ocho en la de Consejero de Embajada, cuatro en la de Secretario de Embajada de segunda clase y dos en la de Secretario de Embajada de tercera clase. La segunda disposición transitoria, vigente el 1 de enero de 1979, establece nuevos aumentos, y la tercera, el 1 de enero de 1980, finaliza la transición con los números definitivos de plazas. La norma se publicó en Madrid el 19 de enero de 1978, y fue firmada por el Presidente de las Cortes, Juan Carlos, lo que confiere a la ley un carácter oficial y vinculante. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 2/1978 modifica la plantilla de la Carrera Diplomática con nuevos números de plazas en cada categoría, estableciendo aumentos específicos. Contiene disposiciones transitorias para garantizar una transición ordenada. La norma fue aprobada en 1978 y publicada en Madrid. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la plantilla**: Se establecen nuevos números de plazas en cada categoría de la Carrera Diplomática. ⚠️ **Aumentos específicos**: Cada categoría tiene un incremento definido, con variaciones según el nivel. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se detallan aumentos progresivos desde 1978 hasta 1980. ℹ️ **Publicación y firma**: La norma fue publicada en Madrid el 19 de enero de 1978 y firmada por el Presidente de las Cortes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 2/1978 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 19 de enero de 1978 - **Materias**: Carrera Diplomática, estructura institucional, reorganización del Estado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Carrera Diplomática, plazas, reforma, transitoria, Hacienda, estructura institucional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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