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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/1978, de 19 de enero, de Presupuestos Generales del Estado para 1978.

BOE-A-1978-1722Publicada: 20/01/1978JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1978, de 19 de enero, de Presupuestos Generales del Estado para 1978. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1978 aprueba los Presupuestos Generales del Estado para 1978, estableciendo créditos y modificaciones para gastos y ingresos, así como normas sobre la incorporación de obligaciones previas y ajustes salariales. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada el 19 de enero de 1978 por el Presidente de las Cortes, Juan Carlos, como parte del marco legal español para la gestión financiera del Estado. Se enmarca en el sistema de presupuestos estatales, que define los recursos y gastos públicos anuales. La ley incluye disposiciones específicas para organismos autónomos y ajustes salariales vinculados al salario mínimo interprofesional. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1978 establece los Presupuestos Generales del Estado para 1978, detallando créditos y estimaciones de ingresos. En el **Artículo 1**, se aprueba el presupuesto del Estado, que incluye: - **Créditos de gastos**: 1.433.000 millones de pesetas para cumplir obligaciones estatales. - **Estimaciones de ingresos**: 1.433.000 millones de pesetas, detalladas en el estado de ingresos. - **Presupuesto de organismos autónomos**: 244.210.458.000 pesetas en créditos y 208.573.238.000 pesetas en ingresos. En el **Artículo 2**, se regula la incorporación de créditos anulados en ejercicios anteriores, siempre que hayan sido reconocidos legalmente. Los departamentos ministeriales deben remitir listas de acreedores al Ministerio de Hacienda en el primer mes de cada trimestre. Además, se permite ampliar créditos si los ingresos del año 1977 superan la dotación presupuestaria. La ley también establece que los créditos no incluidos en los apartados a) y b) del número 4 pueden destinarse a obligaciones de ejercicios anteriores. En el **Anexo B**, se detallan créditos específicos, como: - **Indemnización por residencia** para personal en puntos con derecho a este beneficio. - **Cuotas de Seguridad Social y complemento familiar**, según normas vigentes. - **Aumentos salariales** vinculados al salario mínimo interprofesional. - **Modificaciones de créditos** basadas en recaudaciones de tasas y exacciones parafiscales, siempre que se hayan efectuado en cuantías superiores a las previstas en el presupuesto. La norma se emitió en Madrid el 19 de enero de 1978, bajo la firma del Presidente de las Cortes, Juan Carlos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1978 define los recursos financieros del Estado para 1978, permitiendo ajustes salariales y la incorporación de obligaciones previas. Establece un marco legal para la gestión de ingresos y gastos públicos, con enfoque en la estabilidad financiera y la cumplimiento de obligaciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de presupuestos**: Define créditos y ingresos para el Estado y organismos autónomos. ⚠️ **Incorporación de obligaciones previas**: Permite integrar créditos anulados si cumplen con requisitos legales. 📋 **Ajustes salariales**: Regula incrementos vinculados al salario mínimo interprofesional. ℹ️ **Recaudación de ingresos**: Establece condiciones para ampliar créditos si los ingresos superan la dotación presupuestaria. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley Ordinaria 1/1978 - **Tipo**: Ley de Presupuestos Generales - **Fecha**: 19 de enero de 1978 - **Materias**: Presupuesto público, gastos estatales, ingresos, salarios, Seguridad Social - **Relevancia**: ALTA (regula el marco financiero del Estado y establece normas clave para la gestión pública). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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