Sentencia de 15 de octubre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso interpuesto por la representación procesal del Comité Nacional de Transporte de Carretera, contra el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2020 que resuelve el recurso presentado por el Comité Nacional de Transporte de Carretera contra el Real Decreto 70/2019. El decreto original regulaba la formación de conductores de transporte por carretera, documentos de control, transporte sanitario y transporte de mercancías peligrosas. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los conductores de vehículos de transporte por carretera y a las empresas de transporte, así como a los organismos reguladores del transporte que debían cumplir con las normas del decreto cuestionado. **¿Qué cambia o establece?** La sentencia anula el artículo 98 del Real Decreto 70/2019, lo que significa que esa parte específica del decreto deja de tener validez y efecto legal. No se imponen costas procesales al Comité Nacional de Transporte de Carretera.
💬 Contexto ciudadano
La Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2020 estima en parte el recurso del Comité Nacional de Transporte de Carretera contra el Real Decreto 70/2019 sobre formación de conductores de transporte por carretera. Esta es la tercera sentencia del TS que anula partes del mismo reglamento en el período octubre-noviembre de 2020. La acumulación de recursos exitosos contra el RD 70/2019 refleja deficiencias técnico-jurídicas en su elaboración. Importa porque establece los límites del reglamento aplicable a la formación de conductores profesionales, con consecuencias para los centros de formación, las empresas de transporte y los propios conductores que deben renovar sus certificados de cualificación profesional, y porque la reiteración de sentencias estimatorias generó inseguridad jurídica en el sector del transporte durante un período crítico de recuperación económica post-pandemia en que la cadena de suministro dependía del normal funcionamiento del transporte de mercancías.