Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones de los nuevos tramos de la línea de avales aprobada por Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, para financiación concedida a empresas en convenio y a aquellas que, sin estarlo, estaban en proceso de renovación de su programa de pagarés en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) a 23 de abril de 2021.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una resolución que publica un acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2020. Este acuerdo establece nuevos tramos de una línea de avales (garantías del Estado) para facilitar el acceso a financiación de empresas. Los avales se usan para respaldar préstamos bancarios y emisiones de bonos (pagarés) en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). El Instituto de Crédito Oficial será el encargado de gestionarlos. **¿A quién afecta?** Afecta a empresas que están ejecutando un convenio concursal (es decir, que están reorganizándose después de una insolvencia pero ya han saneado sus cuentas) y necesitan financiación urgente. También afecta a empresas que tenían un programa de bonos en el MARF antes del 23 de abril de 2020 pero que no pudieron renovarlo a esa fecha, y que ahora necesitan avales para emitir nuevos bonos. **¿Qué cambia o establece?** Establece dos tramos nuevos de avales: uno de 2.500 millones de euros para respaldar créditos bancarios a empresas en convenio (dividido en 2.500 millones para préstamos tradicionales y 50 millones para emisiones de bonos), y otro de 250 millones de euros para avalar emisiones de bonos en el MARF de empresas que no renovaron su programa a 23 de abril de 2020. Estos avales requieren autorización previa de la Comisión Europea y se financian desde el presupuesto del Ministerio de Asuntos Económicos.
💬 Contexto ciudadano
La Resolución de noviembre de 2020 establece nuevos tramos de la línea de avales del ICO (RDL 25/2020) específicamente diseñados para empresas en situación de convenio concursal y para empresas que tenían pagarés en proceso de renovación en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). Estos segmentos empresariales, excluidos de los tramos anteriores de avales, estaban sufriendo una restricción severa de acceso al crédito por su condición concursal o por el bloqueo de los mercados de renta fija. Importa porque amplía la cobertura de los avales públicos COVID a segmentos empresariales más vulnerables y financieramente complejos, evitando que empresas con dificultades previas a la pandemia pero viables operativamente queden excluidas del apoyo financiero público, y porque el MARF es un mercado alternativo de financiación para pymes y medianas empresas cuyo bloqueo habría afectado desproporcionadamente a compañías que dependían de este canal de captación de financiación corporativa.