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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 11/1978, de 20 de febrero, sobre derogación de la Ley 42/1974, de 28 de noviembre, de Bases, Orgánica de la Justicia.

BOE-A-1978-5336Publicada: 23/02/1978JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 11/1978, de 20 de febrero, sobre derogación de la Ley 42/1974, de 28 de novi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 11/1978 derogó la Ley 42/1974 de Bases Orgánicas de la Justicia, con excepciones específicas, y estableció un plazo para la elaboración de un nuevo proyecto de Ley de Bases de Organización del Poder Judicial. **2. CONTEXTO** La Ley 42/1974 establecía el marco jurídico para la organización judicial en España, pero fue derogada por la Ley 11/1978, que buscaba adaptar el sistema judicial a los principios constitucionales. La derogación se realizó en el contexto de la reforma constitucional de 1978, que introdujo cambios fundamentales en la estructura del Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 11/1978, aprobada el 20 de febrero de 1978, derogó la Ley 42/1974 de Bases Orgánicas de la Justicia, sin que subsistieran sus efectos, salvo excepciones definidas. Según el artículo único: - **Primera excepción**: Se mantuvieron vigentes ciertos preceptos de la Ley 42/1974, incluyendo: - El párrafo primero del número 32 de la base novena. - El número 61 de la base undécima. - Los números 68 y 69 de la base decimotercera. Estos preceptos fueron declarados vigentes por el artículo 2 del Real Decreto-ley 24/1976. - **Segunda excepción**: Se conservó el texto articulado de la Ley 42/1974, aprobado por el Real Decreto 204/1977, en virtud de la autorización del Real Decreto-ley 24/1976. La **disposición adicional** establece que el Gobierno deberá remitir a las Cortes un proyecto de Ley de Bases de Organización del Poder Judicial en un plazo de cuatro meses desde la promulgación de la Constitución española. La **disposición final** indica que la ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La derogación se realizó de forma parcial, preservando normas consideradas relevantes para la continuidad del sistema judicial. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 11/1978 reemplazó el marco orgánico judicial anterior, manteniendo normas clave y estableciendo un plazo para reformar el sistema judicial. Su entrada en vigor marcó un hito en la organización del Poder Judicial español. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Derogación parcial**: La Ley 42/1974 fue derogada, pero se conservaron normas específicas. ⚠️ **Excepciones claras**: Se detallaron los preceptos vigentes, garantizando continuidad en aspectos críticos. 📋 **Plazo para reforma**: El Gobierno debía presentar un nuevo proyecto de ley en cuatro meses. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La ley entró en vigor al publicarse en el *BOE*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 11/1978 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 20 de febrero de 1978 - **Materias**: Organización del Poder Judicial, Derecho Constitucional - **Relevancia**: ALTA (refleja una reforma fundamental en el sistema judicial español) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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