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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 5178-2020, contra los artículos 2.2, 15, 27, 28, 29, 36, 37, 38, 39, 40, 44, 50, 51, 52, 53, 54, 81 apdo. 2, letras d), e), f), g), h), i), j), k), l), n), ñ) y o); apdo. 3, letras a), b), d), e), f), g), h), i), j), m), n), ñ), p), q), r) y s); apdo. 4, letras a), b), c), d) y e), 83 apartados 1, 2, 3, 4 y 5, disposiciones transitorias tercera y cuarta y Anexo I de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, de la Comunidad Autó

BOE-A-2020-14957Publicada: 26/11/2020TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

El recurso de inconstitucionalidad 5178-2020 cuestiona múltiples artículos de la Ley 3/2020 de Recuperación y Protección del Mar Menor de la Región de Murcia, que fue la primera ley española que otorgó a una laguna costera estatus de persona jurídica con derechos propios, siguiendo el ejemplo de países como Ecuador o Nueva Zelanda. El recurso impugna tanto las disposiciones que confieren personalidad jurídica al Mar Menor como las que establecen restricciones a las actividades agrícolas en su cuenca. Importa porque el TC debe pronunciarse sobre un modelo radicalmente innovador de protección ambiental mediante la atribución de derechos de la naturaleza, con potencial impacto en el modelo jurídico de protección ambiental español y en los derechos de los agricultores y propietarios de la cuenca del Mar Menor, cuyas actividades han sido identificadas como la principal causa del deterioro ecológico de la laguna.

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