ResoluciónNacionalvigente

Enmienda del Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y Nueva Zelanda, hecha en Madrid el 22 de septiembre de 2020 y 7 de julio de 2021.

BOE-A-2025-22946Publicada: 13/11/2025MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** España y Nueva Zelanda han actualizado su acuerdo de transporte aéreo (un tratado que permite a las aerolíneas de ambos países operar rutas entre ellos). Esta enmienda modifica la lista de aeropuertos autorizados y las condiciones técnicas para volar entre ambas naciones. **A quién afecta** Principalmente a las aerolíneas españolas y neozelandesas que operan rutas internacionales. También impacta a pasajeros y empresas de carga aérea que usan estas conexiones. Las autoridades aeroportuarias españolas deben aplicar las nuevas reglas. **Qué cambia** El acuerdo actualiza qué aeropuertos pueden usarse, las frecuencias de vuelos permitidas y posiblemente las capacidades de pasajeros. Esto abre o amplía conexiones directas, mejora la competencia entre aerolíneas y puede resultar en más opciones y mejores precios para quien viaje entre España y Nueva Zelanda. También facilita el comercio y la carga aérea bilateral. **Cuándo entra en vigor** El acuerdo se firmó en dos fechas: 22 de septiembre de 2020 y 7 de julio de 2021. Tras la aprobación de ambos países, entraría en vigor en los términos que cada administración estableció internamente.

💬 Contexto ciudadano

La enmienda del Anexo del Acuerdo de Transporte Aéreo España-Nueva Zelanda actualiza las condiciones técnicas de un acuerdo bilateral que regula una ruta de más de 19.000 kilómetros entre dos países con crecientes lazos turísticos y comerciales. España gestiona su política de aviación bilateral en el marco de la política exterior aérea de la UE (Reglamento 1008/2008), que armoniza el tráfico intraeuropeo pero deja los acuerdos con terceros países a negociación bilateral o mediante mandatos europeos (open sky agreements). Nueva Zelanda es uno de los mercados turísticos de mayor crecimiento para España, y Air New Zealand ha mostrado interés en conexiones más directas con Europa. La actualización del Anexo puede afectar a los aeropuertos autorizados (potencialmente incorporando Madrid-Barajas como punto de escala técnica hacia otros destinos europeos), a las frecuencias permitidas y a las capacidades de carga aérea, con impacto en la competitividad de los operadores y en los precios finales para pasajeros y exportadores.

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