Saltar al contenido principal
Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrumento de Adhesión de España a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y al Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, hecho en Nueva York el 31 de enero de 1967.

BOE-A-1978-26331Publicada: 21/10/1978Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>148572 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de la adhesión de España a la Convención de Ginebra de 1951 y al Protocolo de Nueva York de 1967, el sistema de protección de refugiados en España se basaba en normas estatales y autonómicas, sin un marco internacional vinculante. La comparativa entre las Comunidades Autónomas y el Estado revela diferencias en la aplicación de derechos, con algunas autonomías adoptando enfoques más proactivos. Esta importancia radica en que la adhesión a estos instrumentos internacionalizados estableció un estándar mínimo de protección, garantizando coherencia y derechos universales para los refugiados, superando las limitaciones de las normativas locales.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →