Decreto-ley 45/2020, de 17 de noviembre, sobre la habilitación transitoria y extraordinaria para continuar la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña del 17 de noviembre de 2020 que autoriza de forma temporal y excepcional la continuidad del servicio de inspección técnica de vehículos (ITV) en Cataluña. Se dicta porque existía extraordinaria y urgente necesidad: el Tribunal Supremo había anulado varios requisitos del marco jurídico anterior, dejando sin autorización válida a los operadores que prestaban el servicio e impidiendo la continuidad de una actividad esencial. **¿A quién afecta?** Afecta a los operadores privados autorizados que en el momento de entrada en vigor prestaban el servicio de ITV, permitiéndoles continuar mientras se aprueba un nuevo marco legal. Indirectamente, afecta a todos los propietarios de vehículos en Cataluña que dependen de este servicio obligatorio para mantener sus vehículos en condiciones de seguridad y ambientales. **¿Qué cambia o establece?** Establece una habilitación transitoria y excepcional para que los operadores que prestaban ITV sigan realizando el servicio sin interrupciones, en tanto el Parlamento aprueba una nueva ley que regule el servicio de forma definitiva. Esta medida mantiene la continuidad de un servicio declarado esencial por la normativa europea, evitando que se paralice mientras se ejecutan las sentencias del Tribunal Supremo y se resuelven los expedientes administrativos pendientes.
💬 Contexto ciudadano
Antes de este decreto, Cataluña disponía de un régimen de ITV basado en operadores privados autorizados conforme al RD 2042/1994 estatal; sin embargo, la anulación de requisitos por el Tribunal Supremo generó un vacío legal que comprometía la continuidad del servicio. A diferencia de otras CCAA con sistemas públicos o mixtos, Cataluña optó históricamente por el modelo privado. La Directiva 2014/45/UE exige estas inspecciones pero deja regulación a cada Estado. Este decreto materializa una solución temporal catalana mientras se legisla definitivamente, evitando la interrupción de un servicio obligatorio para la circulación legal y la seguridad vial que afecta directamente al ciudadano catalán.