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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 65/1978, de 26 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario, por un importe de 442.616.346 pesetas, para subvencionar la adquisición de papel prensa de producción nacional, consumido durante el segundo semestre de 1977.

BOE-A-1979-91Publicada: 03/01/1979JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 65/1978, de 26 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 65/1978 concede un crédito extraordinario de 442.616.346 pesetas para subvencionar la adquisición de papel prensa de producción nacional, destinado al Ministerio de Cultura. El crédito se financiará mediante anticipos del Banco de España al Tesoro Público. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada en 1978 durante un periodo de crisis económica en España, con el objetivo de apoyar la industria nacional de papel prensa. El Ministerio de Cultura fue designado como beneficiario principal, en un contexto de priorización de sectores estratégicos para la economía nacional. La ley refleja una política de estímulo a la producción local y la reducción de dependencia de importaciones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 65/1978, aprobada por el Rey Juan Carlos y sancionada por el Presidente de las Cortes Antonio Hernández Gil, establece un crédito extraordinario de 442.616.346 pesetas, destinado a subvencionar la adquisición de papel prensa de producción nacional consumido durante el segundo semestre de 1977. Según el artículo 1, el crédito se aplica al presupuesto vigente de la sección veintiséis (Ministerio de Cultura), servicio cero uno (Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales), capítulo cuatro (Transferencias corrientes), artículo cuarenta y cinco (A Empresas y Organismos autónomos de carácter comercial, industrial o financiero), y concepto cuatrocientos cincuenta y cuatro (Para subvencionar la adquisición de papel prensa de producción nacional). El artículo 2 detalla que la financiación del crédito se realizará mediante anticipos facilitados por el Banco de España al Tesoro Público. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 26 de diciembre de 1978, y su redacción sigue el modelo de leyes ordinarias de la época, con una estructura formal y específica. La ley se enmarca en el marco de la legislación económica de la II República y la Transición, donde se priorizaba el apoyo a sectores clave para la estabilidad nacional. La concesión del crédito refleja una política de intervención estatal en la economía, con un enfoque en la protección de la producción nacional. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 65/1978 otorga un crédito extraordinario para apoyar la industria nacional de papel prensa, con financiación del Banco de España. Es una norma de relevancia histórica en el contexto de políticas económicas de la España de los años 70. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Crédito extraordinario**: 442.616.346 pesetas para subvencionar papel prensa nacional. ⚠️ **Financiación**: Anticipos del Banco de España al Tesoro Público. 📋 **Destinatario**: Ministerio de Cultura, en un contexto de priorización de sectores estratégicos. ℹ️ **Relevancia histórica**: Refleja políticas económicas de la España de los años 70. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Ley 65/1978 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 26 de diciembre de 1978 - **Materias**: Economía, Cultura, Industria - **Relevancia**: ALTA (por su contexto histórico y aplicación de políticas económicas) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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