Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, sobre protección de la seguridad ciudadana.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, sobre protección de la seguridad ciudad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, establece medidas de protección de la seguridad ciudadana, tipificando conductas de apología o preparación de actos terroristas, agilizando el enjuiciamiento de estos delitos, y estableciendo medidas cautelares y de prevención. Además, introduce limitaciones en los pagos en efectivo por parte de entidades de crédito y establece disposiciones transitorias y derogatorias. **2. CONTEXTO** En el contexto de la lucha contra el terrorismo y la delincuencia que afecta la seguridad ciudadana, el Estado español adopta medidas legales para garantizar el orden público y la convivencia social. La norma busca adaptarse a la realidad del momento, incorporando previsiones que reflejan la necesidad de una respuesta eficaz y oportuna ante amenazas a la seguridad. La norma se adopta en el marco de la Constitución Española, con el objetivo de garantizar la defensa del Estado de Derecho. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, introduce una serie de medidas destinadas a reforzar la seguridad ciudadana y a combatir el terrorismo y la delincuencia organizada. En primer lugar, se tipifica penalmente la apología pública, oral o escrita, o por medio de la imprenta u otro procedimiento de difusión, de las conductas y actividades de las personas a que se refiere el número primero del artículo tercero del presente Real Decreto. Esto se consigue mediante el artículo primero, que establece que la apología de actos terroristas es un delito punible. Además, se prevé una agilización procesal en el enjuiciamiento de estos delitos, mediante la generalización del procedimiento de urgencia ya previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esto se consigue mediante el artículo segundo, que establece que el enjuiciamiento de estos delitos se realizará mediante el procedimiento de urgencia, con el fin de evitar dilaciones procesales. Se establecen medidas cautelares para el control y aseguramiento de los delincuentes habituales, así como para la prevención de determinados tipos de delito. Esto se consigue mediante el artículo tercero, que establece que las Fuerzas de Seguridad podrán acceder al interior de los establecimientos penitenciarios y intervenir con los medios adecuados hasta el restablecimiento de la normalidad cuando se produzcan desórdenes graves. También se establecen limitaciones en los pagos en efectivo por parte de entidades de crédito. Esto se consigue mediante el artículo undécimo, que establece que los Bancos, Cajas de Ahorro y demás Entidades de Crédito sólo vendrán obligados a pagar en efectivo los talones o cheques a su cargo hasta el límite de quinientas mil pesetas. Las cantidades que excedan de dicho límite podrán ser pagadas mediante talón, cheque bancario, abono en cuenta corriente u otra modalidad que no suponga movilización inmediata de efectivo, a elección del tenedor. Además, se establecen disposiciones transitorias y derogatorias. La disposición transitoria establece que las causas que se hallaren en trámite a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley se ajustarán a las normas de tramitación que les sean aplicables conforme al mismo desde el comienzo de dicha vigencia. La disposición derogatoria establece que queda derogado en su integridad el Decreto-ley diez/mil novecientos setenta y cinco, de veintiséis de agosto. Finalmente, se establece que el Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto en el «Boletín Oficial del Estado». Esto se consigue mediante la disposición final, que establece que el Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 3/1979 introduce medidas de protección de la seguridad ciudadana, tipificando conductas de apología o preparación de actos terroristas, agilizando el enjuiciamiento de estos delitos y estableciendo limitaciones en los pagos en efectivo por parte de entidades de crédito. La norma se adopta en el marco de la Constitución Española y busca garantizar la defensa del Estado de Derecho. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Tipificación de conductas de apología o preparación de actos terroristas. ⚠️ Agilización procesal mediante el procedimiento de urgencia. 📋 Limitaciones en los pagos en efectivo por parte de entidades de crédito. ℹ️ Derogación del Decreto-ley diez/mil novecientos setenta y cinco. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 26 de enero de 1979 - **Materias**: Seguridad ciudadana, delincuencia, terrorismo, procedimiento penal, derecho procesal - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: seguridad ciudadana, terrorismo, delincuencia, procedimiento urgente, derechos fundamentales, protección de la sociedad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────