Real Decreto 58/2021, de 2 de febrero, por el que se suprime la Oficina Consular, con categoría de Consulado General de España, en Génova, en la República Italiana.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un Real Decreto que cierra la Oficina Consular con categoría de Consulado General de España en Génova, Italia. La decisión se justifica porque ese consulado lleva más de 20 años funcionando de forma provisional, y se busca ahorrar recursos y mejorar la eficiencia del servicio exterior español reubicando sus funciones en otros consulados. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos españoles en la jurisdicción del Consulado de Génova, que comprende Valle de Aosta, Piamonte, Toscana, Liguria e isla de Elba. Estos ciudadanos pasarán a ser atendidos por los Consulados Generales de España en Milán y en Roma según su provincia de residencia. **¿Qué cambia o establece?** Se suprime el Consulado General de España en Génova. Las provincias de Toscana (Livorno, Lucca, Massa Carrara y Pisa) pasarán al Consulado General en Roma. Las provincias de Liguria, Piamonte y Valle de Aosta dependerán del Consulado General en Milán. El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin suponer aumento de gasto público.
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 58/2021 suprime el Consulado General de España en Génova, Italia, que llevaba más de veinte años funcionando en condiciones provisionales sin haberse consolidado como estructura permanente. La racionalización de la red consular española responde a la necesidad de concentrar recursos en los consulados con mayor demanda de servicios, especialmente en países con alta presencia de emigrantes españoles. Italia cuenta con otras sedes consulares españolas en Milán, Roma y Turín. Importa para la comunidad española en la región de Liguria, que deberá gestionar sus trámites consulares a través de la sede más próxima, y como parte de la modernización del servicio exterior que prioriza la calidad y digitalización de los servicios consulares sobre la presencia física extensiva, en un momento en que la administración electrónica reduce la necesidad de presencia consular para muchos trámites ordinarios.