Orden PCM/69/2021, de 28 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de enero de 2021, por el que se prorroga por tercera vez el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden del gobierno del 28 de enero de 2021 que prorroga (extiende) las restricciones de transporte entre Reino Unido y España por el COVID-19. Esta es la tercera vez que se extiende una medida anterior aprobada el 22 de diciembre de 2020. **¿A quién afecta?** A cualquier persona que quiera viajar en avión o buque de pasajeros entre Reino Unido y España. También afecta a las compañías aéreas y navieras que realizan estas rutas. **¿Qué cambia o establece?** Mantiene la limitación de vuelos y buques entre Reino Unido y España hasta el 16 de febrero de 2021 a las 18:00 horas. Solo se permiten estos viajes si los pasajeros son españoles, andorranos o residentes en España o Andorra. Se hacen excepciones puntuales por razones justificadas. El Ministerio de Sanidad puede levantar estas restricciones antes de esa fecha si la situación mejora.
💬 Contexto ciudadano
La Orden PCM/69/2021 prorroga por tercera vez las restricciones de vuelos y buques de pasaje entre el Reino Unido y España, establecidas inicialmente en diciembre de 2020 ante la detección de la variante Alpha del SARS-CoV-2. El contexto es especialmente complejo: se superponen la crisis del Brexit (efectivo desde enero de 2021) y la pandemia, y el Reino Unido presentaba tasas de incidencia muy superiores a las españolas. Otros países de la UE adoptaron medidas similares frente al Reino Unido en el mismo período. Importa para los miles de turistas y residentes británicos en España y para las aerolíneas con rutas entre ambos países, y como precedente de la aplicación de restricciones de transporte internacional por razones sanitarias en el marco del nuevo Código Fronterizo Schengen post-Brexit, cuando el Reino Unido ya no era Estado miembro de la UE.