Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un decreto que aprueba los estatutos (normas de funcionamiento) de la Fundación Pluralismo y Convivencia. Esta es una fundación sin fines de lucro del Estado español cuyo propósito es promover la libertad religiosa en el país, especialmente mediante apoyo a confesiones religiosas no católicas. **¿A quién afecta?** A la propia Fundación Pluralismo y Convivencia, a sus órganos directivos (Patronato), y a las confesiones religiosas no católicas que trabajan o participan en la fundación. También afecta a la administración estatal porque la fundación cambia de ministerio: pasa a estar bajo el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. **¿Qué cambia o establece?** El decreto establece nuevos estatutos para la fundación actualizándolos conforme a las leyes actuales sobre fundaciones públicas estatales. Reorganiza la estructura de sus órganos de gobierno para que se ajuste a la actual estructura de la administración española. El decreto no genera gasto público adicional ni afecta derechos de los ciudadanos, y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el boletín oficial.
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 45/2021 aprueba los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, una entidad pública estatal creada en 2004 para apoyar financieramente a las confesiones religiosas minoritarias inscritas en España (evangélicos, judíos, musulmanes y otras). La Fundación opera en el marco del sistema español de relaciones Iglesia-Estado, que distingue entre la Iglesia Católica (financiada directamente mediante el IRPF) y las demás confesiones (apoyadas mediante proyectos de la Fundación). La actualización estatutaria adapta la Fundación a los cambios en la Ley 50/2002 de Fundaciones y en la normativa de subvenciones públicas. Importa porque la Fundación es el principal instrumento del Estado para garantizar la igualdad real entre confesiones en el ejercicio del derecho a la libertad religiosa, financiando proyectos educativos, culturales y sociales de comunidades históricamente menos dotadas de recursos que la Iglesia Católica.