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Real Decreto 1955/1979, de 3 de agosto, sobre revisión del criterio salarial de referencia establecido en el artículo primero del Real Decreto-ley 49/1978, de 26 de diciembre.

BOE-A-1979-20016Publicada: 14/08/1979MINISTERIO DE ECONOMÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1955/1979, de 3 de agosto, sobre revisión del criterio salarial de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1955/1979 modifica el criterio salarial de referencia establecido en el Real Decreto-ley 49/1978, revisando el incremento salarial para 1979 en un 1,7% debido al superamiento del umbral de inflación previsto. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 49/1978 establecía que el Gobierno podría revisar el criterio salarial si el índice de precios al consumo superaba el 6,5% en julio de 1979 respecto a diciembre de 1978. El criterio original previa un aumento salarial entre el 11% y el 14%, con un promedio del 13%. Sin embargo, los convenios homologados mostraban un aumento salarial en el límite superior de esa banda. El contexto económico fue complejo, con factores internos y externos que influyeron en el crecimiento salarial, superando en 0,8 puntos el umbral fijado. A pesar de condiciones adversas en los países industrializados, el Gobierno decidió revisar el criterio salarial. La revisión se aplicará automáticamente y proporcionalmente a todos los conceptos de la masa salarial bruta, excluyendo la Seguridad Social a cargo de la empresa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1955/1979, de 3 de agosto de 1979, modifica el criterio salarial de referencia establecido en el Real Decreto-ley 49/1978, de 26 de diciembre de 1978. Este último establecía que el Gobierno podía revisar el crecimiento salarial si el índice de precios al consumo superaba el 6,5% en julio de 1979 respecto a diciembre de 1978. El criterio original previa un aumento salarial entre el 11% y el 14%, con un promedio del 13%. Sin embargo, los convenios homologados mostraban un aumento salarial en el límite superior de esa banda. El Real Decreto 1955/1979 establece que, como consecuencia del superamiento del umbral de inflación, el crecimiento salarial se revisará en un 1,7%, aplicándose automáticamente y proporcionalmente a todos los conceptos de la masa salarial bruta, excluyendo la Seguridad Social a cargo de la empresa. Esta revisión se realizará en forma automática y proporcional, aplicando el porcentaje a todos los conceptos integrantes del importe de la masa salarial bruta. Además, el Real Decreto establece que la recomendación excluye a las empresas privadas y sociedades estatales que cumplan con ciertas circunstancias: a) que sus cuentas de explotación arrojen pérdidas; b) que, aunque no figuren pérdidas contables, perciban subvenciones que enjogan los déficit de sus cuentas de explotación; o c) que su masa salarial bruta por persona empleada haya excedido de 750.000 pesetas en 1978. Estas empresas no estarán sujetas a la revisión salarial. El artículo 3 establece que la recomendación no será de aplicación cuando en el convenio de empresa figure un pacto expreso de no revisión o una cláusula de salvaguardia respecto al nivel del índice de precios al consumo a 30 de junio de 1979, distinto al establecido en el artículo tercero del Real Decreto-ley 49/1978. Finalmente, se establece que el Ministerio de Economía podrá dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del Real Decreto, y que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1955/1979 modifica el criterio salarial de referencia para 1979, revisando el incremento salarial en un 1,7% debido al superamiento del umbral de inflación. La revisión se aplica automáticamente y proporcionalmente a todos los conceptos de la masa salarial bruta. La norma excluye a ciertas empresas y establece excepciones en los convenios de empresa. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión salarial**: El Real Decreto revisa el incremento salarial en un 1,7% debido al superamiento del umbral de inflación. ⚠️ **Exclusión de empresas**: Se excluyen empresas con pérdidas, subvenciones o masa salarial superior a 750.000 pesetas. 📋 **Aplicación automática**: La revisión se aplica automáticamente y proporcionalmente a todos los conceptos de la masa salarial bruta. ℹ️ **Excepciones en convenios**: Se establecen excepciones para empresas con pactos de no revisión o cláusulas de salvaguardia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1955/1979 - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 3 de agosto de 1979 - **Materias**: Salarios, inflación, economía, derechos laborales - **Relevancia**: ALTA - **Descripción**: Este Real Decreto establece una revisión salarial en respuesta a la inflación, con aplicaciones prácticas en la gestión de salarios y en la regulación laboral en el contexto económico de la época. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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