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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 35/1979, de 16 de noviembre, por la que se incrementan las plantillas de los distintos Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

BOE-A-1979-27855Publicada: 23/11/1979JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 35/1979, de 16 de noviembre, por la que se incrementan las plantillas de los ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 35/1979 incrementa las plantillas de los distintos Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, estableciendo aumentos anuales para cada carrera y cuerpo, y autoriza al Gobierno a distribuir temporalmente los incrementos en tres ejercicios. 2. **CONTEXTO** La Ley fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I el 16 de noviembre de 1979. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el mismo día. La norma busca adaptar las plantillas de personal en la Administración de Justicia a las necesidades crecientes del sistema judicial. Se incluyen ajustes anuales para diferentes carreras y cuerpos, con proyección a varios años. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 35/1979, de 16 de noviembre, establece un incremento en las plantillas de los distintos Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, con una distribución específica para cada año. En el **Artículo primero**, se detalla el aumento de plantilla para cada carrera y cuerpo, con cifras específicas para los años 1979, 1980, 1981 y los años posteriores. Por ejemplo, la **Carrera judicial** pasa de 1.103 a 1.310, mientras que la **Carrera fiscal** aumenta de 297 a 358. La **Carrera de Jueces Distrito** pasa de 755 a 1.051, y la **Carrera de Fiscales Distrito** de 300 a 343. Estos incrementos se aplican a partir del 1 de enero de cada año, salvo para el año 1979, donde se establece una fecha de inicio diferente. En el **Artículo segundo**, se establece que los Presupuestos Generales del Estado de los años respectivos incluirán las dotaciones económicas necesarias para la efectividad de los aumentos de plantilla. Esto garantiza que los recursos financieros estén disponibles para cubrir los nuevos puestos. El **Artículo tercero** autoriza al Gobierno a distribuir temporalmente los aumentos de plantilla en tres ejercicios, en función de las necesidades de los servicios. Además, se le otorga la facultad de dictar disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de la Ley. Esta autorización permite una flexibilidad en la asignación de personal, adaptándose a las demandas cambiantes del sistema judicial. El **Artículo cuarto** establece que durante el período de 1979 y los años anteriores a la vigencia de cada aumento, se podrán convocar pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos mencionados. Quienes obtengan plaza podrán iniciar la prestación de sus servicios a partir del 1 de julio de 1979 o del 1 de enero de cada año. Esta disposición facilita la incorporación de nuevos profesionales al sistema judicial, asegurando una continuidad en el servicio. La Ley fue promulgada por el Rey Juan Carlos I, quien la sancionó en el Palacio Real de Madrid el 16 de noviembre de 1979, y fue firmada por el Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez González. La norma se publicó en el BOE el mismo día, entrando en vigor con carácter general. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 35/1979 establece un aumento de plantilla en la Administración de Justicia, con cifras específicas para cada carrera y cuerpo. Permite la distribución temporal de los incrementos y la convocatoria de pruebas selectivas. Es una norma de relevancia media, ya que afecta directamente al personal de los Cuerpos de la Administración de Justicia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aumento de plantilla**: Se establecen incrementos anuales para cada carrera y cuerpo. ⚠️ **Distribución temporal**: El Gobierno puede distribuir los aumentos en tres ejercicios. 📋 **Presupuestos generales**: Se incluyen dotaciones económicas necesarias. ℹ️ **Pruebas selectivas**: Se pueden convocar para el ingreso en los Cuerpos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 35/1979 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 16 de noviembre de 1979 - **Materias**: Administración de Justicia, Recursos humanos, Presupuestos - **Relevancia**: MEDIA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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