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Real Decreto-ley 20/1979, de 7 de diciembre, por el que se modifican las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y de renovación del Padrón Municipal de Habitantes.

BOE-A-1980-35Publicada: 02/01/1980JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 20/1979, de 7 de diciembre, por el que se modifican las fechas ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 20/1979 modifica las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y la renovación del Padrón Municipal de Habitantes, estableciendo nuevas fechas para evitar dificultades operativas. **2. CONTEXTO** Los censos de población en España se realizaban cada diez años, en años terminados en cero, con referencia al 31 de diciembre. Sin embargo, se observaron dificultades en la recogida de datos debido a factores climáticos, representatividad de variables, movilidad estacional y problemas presupuestarios. La experiencia internacional sugirió una fecha de referencia entre octubre y noviembre. En virtud de ello, se aprobó este Real Decreto-ley. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 20/1979, de 7 de diciembre de 1979, modifica las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y la renovación del Padrón Municipal de Habitantes. Según el artículo primero, el Instituto Nacional de Estadística formará los Censos de Población y Vivienda en los años terminados en uno, con referencia a una fecha comprendida entre el 1 de marzo y el 31 de mayo. Además, realizará los censos de edificios y locales en los años terminados en cero, con referencia entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre (artículo primero). La fecha concreta se fijará mediante Real Decreto (artículo segundo). Los Ayuntamientos formarán sus Padrón Municipales de Habitantes cada cinco años, rectificándolos anualmente. En los años terminados en uno, la fecha coincidirá con la de los Censos de Población y Vivienda. En los años terminados en seis, la fecha será entre el 1 de marzo y el 31 de mayo (artículo tercero). El artículo cuarto establece que los Ministerios de Economía y Administración Territorial dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo dispuesto. En materia de derogación, se derogó el párrafo primero del artículo 51 del texto refundido de la Ley de Régimen Local, aprobado por Decreto de 24 de junio de 1955 (disposición derogatoria). Este Real Decreto-ley se dictó en uso de la autorización conferida por el artículo 86 de la Constitución, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 7 de diciembre de 1979. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley modifica las fechas de referencia para los censos y el Padrón Municipal de Habitantes, buscando mejorar la operatividad y representatividad. Se establecen nuevas fechas y se derogó una norma anterior. La norma fue aprobada en 1979. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Modifica fechas de referencia para censos y Padrón Municipal de Habitantes. ⚠️ Se establecen nuevas fechas para evitar dificultades operativas. 📋 Establece que los censos se realizarán en años terminados en uno y cero, con fechas entre marzo-mayo y octubre-noviembre. ℹ️ Se derogó una disposición del texto refundido de la Ley de Régimen Local. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 7 de diciembre de 1979 - **Materias**: Estadística, Población, Administración Local - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Censo, Padrón Municipal, Estadística, Real Decreto-ley, Administración Local. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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