Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 142/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 16/2019, de 25 de enero, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial de coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados.

BOE-A-2021-3699Publicada: 10/03/2021MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una modificación del Real Decreto 16/2019 que actualiza cómo funciona la Comisión Interministerial. Esta Comisión se encarga de hacer seguimiento y control de las medidas que aprobó la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados el 27 de septiembre de 2018. La modificación es necesaria porque otros decretos posteriores han cambiado los nombres de varios ministerios y órganos administrativos. **¿A quién afecta?** Afecta a los ministerios que forman parte de la Comisión (Defensa, Interior, Trabajo, Educación, Transportes, Hacienda, Presidencia, Política Territorial y Cultura), a los cargos directivos dentro de ella, y a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas que tienen representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. **¿Qué cambia o establece?** Actualiza los nombres de los ministerios participantes según las restructuraciones ya realizadas. Actualiza los nombres y denominaciones de los cargos de la Comisión (Secretaría, Vocales y Subdirecciones Generales). Permite que las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas participen en las reuniones de la Comisión Permanente con voz pero sin voto, priorizando la transparencia y su implicación activa.

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 142/2021 constituye una actualización meramente organizativa del RD 16/2019, sin modificar sustancialmente los poderes ni las competencias de la Comisión Interministerial, sino adaptándola a los cambios nomenclaturales derivados de sucesivas reestructuraciones ministeriales. A nivel comparativo, esta modalidad de coordinación interministerial es propia de la administración española, donde no existe equivalente exacto en otras comunidades autónomas ni normativa estatal comparable; la novedad relevante es la incorporación con voz pero sin voto de las asociaciones profesionales militares, alineándose con tendencias europeas de mayor participación corporativa en órganos de gobernanza sectorial. El decreto, aprobado exclusivamente por el Ejecutivo como expresión de su potestad reglamentaria, carece de debate parlamentario específico, limitándose al cumplimiento formal de comunicación a las Cortes. Para el ciudadano, la relevancia es indirecta pero significativa: consolida la transparencia en seguimiento de política de defensa parlamentaria y permite que representantes del personal militar participen activamente en procesos decisorios que les afectan directamente.

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