Ley OrdinariaAutonómicovigente

Decreto-ley 17/2020, de 29 de octubre, de medidas extraordinarias en materia turística para afrontar los efectos de la crisis sanitaria y económica producida por la pandemia ocasionada por la COVID-19.

BOE-A-2021-4319Publicada: 19/03/2021Comunidad Autónoma de Canarias

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un decreto-ley aprobado por el Gobierno de Canarias el 29 de octubre de 2020 que establece medidas extraordinarias en materia turística para hacer frente a la crisis sanitaria y económica causada por la pandemia de COVID-19. **¿A quién afecta?** Afecta a ciudadanos, autoridades y empresas en Canarias, especialmente al sector turístico. El turismo es la actividad económica más importante en las islas: empleaba a 250.000 personas, representaba el 35% del PIB canario y generaba el 40% del empleo regional. **¿Qué cambia o establece?** Autoriza al Gobierno de Canarias a adoptar medidas de prevención y contención del COVID-19 en el ámbito turístico, apoyándose en sus competencias exclusivas en turismo y en salud pública. Permite establecer protocolos de actuación y planes de contingencia para hacer frente a la emergencia sanitaria y económica que interrumpió la actividad turística en el archipiélago.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2020, la normativa turística canaria carecía de un mecanismo excepcional para suspensiones o restricciones sectoriales por emergencias sanitarias; el régimen se basaba en autorizaciones administrativas ordinarias. Este decreto-ley supone un precedente en Canarias al instrumentalizar la figura del decreto-ley en materia turística, aunque otras comunidades (Madrid, Cataluña) desplegaron medidas análogas mediante instrumentos similares. A nivel estatal, el Gobierno español ejerció el estado de alarma mediante reales decretos, mientras que la UE flexibilizó ayudas de Estado. La relevancia radica en que Canarias, donde el turismo representa el 35% del PIB regional, necesitaba capacidad jurídica ágil para contener transmisión sin esperar tramitación legislativa ordinaria. Sin esta habilitación excepcional, el Archipiélago habría padecido mayor colapso económico; el ciudadano canario, aunque limitado en movilidad, evitó un daño más profundo en empleos y servicios básicos.

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