Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CIN/310/2021, de 30 de marzo, por la que se establecen los requisitos que deben reunir los beneficiarios de las subvenciones que formen parte de los órganos de gobierno de los Centros Tecnológicos a los efectos de la disposición adicional vigésima séptima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

BOE-A-2021-5135Publicada: 01/04/2021MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta es una orden del Ministerio de Ciencia e Innovación que establece las condiciones para que determinadas entidades que participan en los órganos de gobierno (como el Consejo de Administración) de Centros Tecnológicos puedan recibir subvenciones públicas y trabajar con esos centros sin ciertas restricciones que normalmente aplican a todas las entidades. **¿A quién afecta?** Afecta a entidades que forman parte de los órganos de gobierno de Centros Tecnológicos o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (estatales o autonómicos) que reciben dinero público en forma de subvenciones para realizar actividades de investigación y desarrollo. **¿Qué cambia o establece?** Establece que estas entidades pueden contratar trabajos con sus Centros Tecnológicos sin cumplir ciertas normas sobre subcontratación. Para ello deben cumplir tres requisitos: primero, formar parte del órgano de gobierno con al menos otra entidad; segundo, el Centro debe estar inscrito en el registro oficial; tercero, la entidad no puede dedicarse únicamente a subcontratar esas actividades. Esta excepción se creó porque los Centros Tecnológicos, mayormente fundaciones, necesitaban trabajar con sus entidades patronales sin las limitaciones que la ley establece para otros casos de subcontratación.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 38/2003 establecía restricciones estrictas sobre quién podía contratar con entidades que recibían subvenciones públicas, impidiendo a los beneficiarios subcontratar ciertas actividades. Antes de 2021, los Centros Tecnológicos —mayoritariamente fundaciones con patronales privadas— enfrentaban limitaciones para colaborar con sus propias entidades patronales, lo que entorpecía su funcionamiento operativo. Esta orden crea una excepción específica del ordenamiento español, similar a flexibilizaciones que otros marcos normativos (como la Directiva UE sobre ayudas a I+D) permiten para ecosistemas de innovación. La medida importa para ciudadanos y empresas porque facilita el acceso a servicios de Centros Tecnológicos con mayor eficiencia, aunque introduce una excepción a los controles anticorrupción de la normativa de subvenciones, requiriendo garantías como la participación de múltiples entidades en gobernanza.

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