Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/377/2021, de 22 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 17 de marzo de 2021, por el que se establece el procedimiento para la adhesión de las Comunidades Autónomas destinatarias de los recursos adicionales de la ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de España (REACT-UE) al compartimento Fondo de Liquidez REACT-UE, así como las condiciones financieras de las operaciones de crédito en 2021 y resto de

BOE-A-2021-6465Publicada: 23/04/2021MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una norma que crea un fondo especial de préstamos llamado "Fondo de Liquidez REACT-UE" para ayudar a las Comunidades Autónomas. Su objetivo es darles dinero rápidamente para ejecutar proyectos financiados con fondos europeos de recuperación, sin que tengan que esperar a recibir esos fondos desde Europa primero. **¿A quién afecta?** A las Comunidades Autónomas que han sido designadas como beneficiarias de los recursos adicionales de la Ayuda Europea REACT-UE (Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa). Solo ellas pueden solicitar adhesión a este fondo. **¿Qué cambia o establece?** Establece el procedimiento para que las autonomías soliciten acceso a estos préstamos: deben presentar solicitud en plazo (10 días hábiles para 2021, o en julio para años posteriores), acompañada de un informe de sus necesidades de dinero. Una vez aprobada, la autonomía debe comprometerse a usar el dinero solo para ejecutar proyectos REACT-UE y a devolver el préstamo con los fondos europeos que reciba. Los préstamos no pueden refinanciarse con otros mecanismos de financiación autonómica.

💬 Contexto ciudadano

La Orden PCM/377/2021 introduce un mecanismo de anticipación de liquidez inexistente antes en España, respondiendo a la necesidad de las Comunidades Autónomas de ejecutar proyectos cofinanciados con fondos europeos REACT-UE sin esperar los reembolsos desde Bruselas. Se diferencia de esquemas previos al crear un fondo específico de crédito estatal, alineándose con medidas similares adoptadas en otras autonomías y reguladas por la Comisión Europea para maximizar el impacto del Plan de Recuperación. Aunque se ofrece como adhesión voluntaria a todas las CCAA designadas beneficiarias, la aprobación centralizada por el Gobierno limita la capacidad autonómica de decisión financiera autónoma. Para el ciudadano, importa porque acelera inversiones en infraestructuras, empleo y servicios públicos locales, aunque vincula su ejecución a proyectos europeos específicos, restringing la flexibilidad en la asignación territorial de recursos.

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