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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

BOE-A-2021-6240Publicada: 20/04/2021JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una resolución que corrige errores de puntuación, redacción y referencias que aparecieron en la Ley 11/2020 de Presupuestos del Estado para 2021. Son rectificaciones administrativas de texto publicado, sin cambios sustanciales en las normas. **¿A quién afecta?** Afecta a personas que reciben pensiones de clases pasivas (empleados públicos retirados), pensionistas de guerra (civiles y militares), beneficiarios del régimen especial de Fuerzas Armadas, trabajadores ferroviarios y personas afiliadas a la Seguridad Social que cotizan por bases de cotización. **¿Qué cambia o establece?** Corrige la escritura de títulos de leyes (mayúsculas y minúsculas), puntuación (comas, puntos, preposiciones), referencias a disposiciones legales, nombres de fondos especiales, términos como "complemento por mínimos" en lugar de "complemento para mínimos", valores de prestaciones mínimas, importes de transporte ferroviario, modalidades de cotización y conjugación de verbos en artículos sobre cálculo de bases de cotización.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 11/2020 de Presupuestos Generales del Estado para 2021 contenía errores materiales de redacción, puntuación y referencias que esta resolución corrige mediante rectificaciones administrativas que no alteran sustancialmente las disposiciones. Las correcciones de erratas en presupuestos estatales son procedimientos ordinarios en el sistema normativo español, realizados en todas las comunidades autónomas y legislaturas autonómicas cuando la complejidad de estos textos genera inconsistencias involuntarias. La resolución tiene alcance nacional vinculante publicada en el Boletín Oficial del Estado, mientras que las rectificaciones autonómicas siguen procesos paralelos en sus respectivos boletines. Aunque estas enmiendas parecen meramente formales, su importancia para el ciudadano es considerable: afectan directamente a pensionistas de clases pasivas, civiles y militares en situación de guerra, ferroviarios y cotizantes de la Seguridad Social, asegurando que las bases de cotización, complementos mínimos y transporte se calculen según normas precisas, evitando interpretaciones contradictorias que podrían derivar en reclamaciones administrativas o litigios.

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