Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1143-2021, en relación con las disposiciones transitorias primera 1.º y tercera de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, por posible vulneración del art. 149.1.18 CE.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Se cuestiona si dos disposiciones transitorias de la Ley 1/2018 de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid violan el artículo 149.1.18 de la Constitución Española, que regula las competencias estatales en materia de seguridad pública. **¿A quién afecta?** Afecta a las partes que participan en el procedimiento número 603-2020 que tramitaba el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Estas partes tienen derecho a presentarse ante el Tribunal Constitucional dentro de quince días desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal Constitucional asume el conocimiento del caso y abrirá un proceso para examinar si las disposiciones transitorias de la ley autonómica respetan los límites de competencia establecidos en la Constitución. Las partes interesadas pueden defenderse presentando sus alegaciones ante el Tribunal en el plazo de quince días.
💬 Contexto ciudadano
La cuestión de inconstitucionalidad 1143-2021, planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuestiona las mismas disposiciones transitorias de la Ley 1/2018 de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid que la cuestión 1142-2021. El planteamiento conjunto por un juzgado de instancia y el TSJ refleja la gravedad de la duda constitucional sobre si las disposiciones transitorias regulan adecuadamente la integración de agentes que accedieron a su puesto bajo regímenes anteriores. Importa porque la resolución conjunta de ambas cuestiones por el TC definirá con claridad cuál es el espacio normativo de las CCAA en la regulación transitoria de sus policías locales, con potencial impacto retroactivo sobre situaciones consolidadas de agentes que ejercen su función bajo el amparo de las normas cuestionadas.