Ley OrdinariaNacionalvigente

Acuerdo Administrativo Estándar relativo al Fondo de Respuesta y Recuperación ante la COVID-19 por el que se prevé la gestión intermediada de los fondos, hecho en Nueva York el 15 de marzo de 2021.

BOE-A-2021-8032Publicada: 15/05/2021Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo Administrativo Estándar sobre el Fondo de Respuesta y Recuperación COVID-19 del BID, firmado en Nueva York en marzo de 2021, regula la gestión intermediada de fondos del Banco Interamericano de Desarrollo destinados a apoyar la respuesta sanitaria y la recuperación económica de los países latinoamericanos. España, como uno de los principales socios y aportantes del BID, actúa como país intermediario canalizando fondos hacia proyectos en la región. Este tipo de acuerdos estándar del BID siguen un modelo multilateral propio. Importa porque define el marco jurídico bajo el cual España asume responsabilidades de gestión de fondos internacionales de desarrollo, con implicaciones para la transparencia, el control externo y las garantías fiduciarias exigibles en el uso de los fondos multilaterales, y refuerza el rol de España como socio estratégico del BID en la canalización de ayuda al desarrollo durante la peor crisis sanitaria del siglo.

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