ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de 31 de marzo de 2021, por el que se crea la Mesa Delegada de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado del personal de la Administración de Justicia no transferido, que modifica la Resolución de 22 de enero de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de las Mesas Genera

BOE-A-2021-7964Publicada: 14/05/2021MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una Resolución publicada el 13 de mayo de 2021 que formaliza un acuerdo de negociación colectiva aprobado el 31 de marzo de 2021. El acuerdo crea una nueva Mesa Delegada (un órgano de negociación) específicamente para tratar los asuntos laborales del personal de Justicia que depende directamente del Ministerio de Justicia y no ha sido transferido a las Comunidades Autónomas. **¿A quién afecta?** Afecta al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de Justicia en las regiones donde el Ministerio mantiene competencias directas: Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Murcia, Ceuta, Melilla y los órganos judiciales estatales. También afecta a las organizaciones sindicales (CSIF, UGT, CC.OO., CIG, ELA, GESTHA y SIAT) que participan en esta mesa de negociación. **¿Qué cambia o establece?** Establece una nueva estructura de negociación para resolver un vacío que existía: estos trabajadores de Justicia no tenían mesa de negociación propia. Define la composición de esta nueva mesa, con un total de 11 miembros distribuidos entre la Administración y las organizaciones sindicales mayoritarias. También modifica el anexo de la resolución anterior para incluir esta nueva mesa y sus miembros en el registro oficial de estructuras de negociación.

💬 Contexto ciudadano

La Resolución de 13 de mayo de 2021 crea la Mesa Delegada de Negociación para el personal de la Administración de Justicia no transferido a comunidades autónomas, diferenciando este colectivo del personal de Justicia en CCAA con competencias en la materia. La negociación colectiva en la Administración de Justicia tiene una estructura compleja por la coexistencia de competencias estatales y autonómicas. El personal de Justicia no transferido quedaba en una situación de representación difusa. Importa porque dota a este colectivo de un órgano específico de negociación de sus condiciones laborales, mejorando la representatividad del personal que sirve en los juzgados y tribunales de las CCAA sin transferencia, y racionaliza la estructura de negociación colectiva en el sector de la Justicia en un momento de profundas reformas procesales y digitales.

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