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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 9/1981, de 11 de mayo, de concesión de un suplemento de crédito de 1.090.000.000 de pesetas, para adquisición por el Estado de un inmueble que se adscribirá a sede del Tribunal Constitucional.

BOE-A-1981-11027Publicada: 15/05/1981JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 9/1981, de 11 de mayo, de concesión de un suplemento de crédito de 1.090.000 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 9/1981 concede un suplemento de crédito de 1.090.000.000 de pesetas para la adquisición de un inmueble que se destinará a la sede del Tribunal Constitucional. 2. **CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I en el año 1981. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como ley ordinaria nacional. La ley se enmarca en el marco de financiación del Estado para proyectos de infraestructura y edificios institucionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 9/1981, de 11 de mayo de 1981, se titula “Ley de concesión de un suplemento de crédito de 1.090.000.000 de pesetas, para adquisición por el Estado de un inmueble que se adscribirá a sede del Tribunal Constitucional”. La norma establece que se concede un suplemento de crédito al Presupuesto en vigor, específicamente en la Sección treinta y uno, «Gastos de diversos Ministerios», Servicio cero cuatro, «Dirección General del Patrimonio del Estado-Inversiones reales y financieras», Concepto seiscientos dieciséis, «Obras edificio Tribunal Constitucional». Este suplemento de crédito tiene un monto de 1.090.000.000 de pesetas, lo que refleja la importancia del proyecto en el ámbito institucional. El artículo 1 establece claramente la concesión del crédito, indicando que se incorporará al Presupuesto en vigor, lo que significa que el monto se añade a los recursos disponibles para la financiación del proyecto. El artículo 2 detalla que la financiación se realizará mediante anticipos facilitados por el Banco de España al Tesoro Público. Esta disposición establece el mecanismo de financiación, permitiendo que el Estado pueda utilizar los recursos necesarios para la adquisición del inmueble. La norma se publica en el BOE como ley ordinaria nacional, lo que le otorga carácter general y obligatorio para todos los ciudadanos y autoridades. La firma del Rey Juan Carlos I y la aprobación del Presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo, confirman su validez legal y su entrada en vigor. La ley no establece regulaciones específicas sobre el uso del inmueble adquirido, sino que se centra en la financiación del proyecto. No hay disposiciones sobre el régimen jurídico del inmueble ni sobre su gestión futura, lo que sugiere que dichas cuestiones serán abordadas en normas posteriores o en acuerdos institucionales. En cuanto a la estructura legal, la ley sigue el modelo de las leyes ordinarias, que son aprobadas por las Cortes Generales y sancionadas por el Rey. La redacción es formal y técnica, con un lenguaje propio de la legislación estatal. No se incluyen disposiciones transitorias ni finales, lo que indica que la norma se limita a la concesión del crédito y a la financiación del inmueble. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 9/1981 concede un suplemento de crédito para la adquisición de un inmueble destinado a la sede del Tribunal Constitucional. La norma establece el mecanismo de financiación mediante anticipos del Banco de España al Tesoro Público. Es una ley ordinaria nacional que se publica en el BOE y se aprueba en el marco del sistema parlamentario español. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito**: Se concede un suplemento de crédito de 1.090.000.000 de pesetas para la adquisición del inmueble. ⚠️ **Financiación mediante anticipos**: El Banco de España facilita anticipos al Tesoro Público para financiar el proyecto. 📋 **Estructura legal**: Ley ordinaria nacional aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey. ℹ️ **Destino del inmueble**: El inmueble se destinará a la sede del Tribunal Constitucional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Ley ordinaria - **Fecha**: 11 de mayo de 1981 - **Materias**: Presupuesto, adquisición de inmueble, Tribunal Constitucional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito, Tribunal Constitucional, inmueble, financiación, Banco de España ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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