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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 14/1981, de 10 de junio, de concesión de un crédito extraordinario por importe de 2.383.263.228 pesetas para cubrir los déficit de explotación del ejercicio de 1979 y complementario de 1978 del Consejo de Intervención de la «Compañía Metropolitano de Madrid, S. A.».

BOE-A-1981-14910Publicada: 06/07/1981JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 14/1981, de 10 de junio, de concesión de un crédito extraordinario por impor ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 14/1981 concede un crédito extraordinario al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para cubrir déficit de explotación de la Compañía Metropolitano de Madrid, S.A., en los años 1978 y 1979. 2. **CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I en 1981. Se trata de una ley ordinaria nacional que se inscribe en el marco de la gestión financiera del Estado. El objetivo es resolver un déficit económico de una empresa pública de transporte. La ley fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de junio de 1981. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 14/1981, de 10 de junio, concede un crédito extraordinario por importe de 2.383.263.228 pesetas, destinado a cubrir los déficit de explotación del ejercicio de 1979 y el complementario de 1978 de la Compañía Metropolitano de Madrid, S.A. El crédito se aplica al Presupuesto del Estado en vigor, en la Sección veinticuatro, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones», Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales», capítulo cuatro, «Transferencias corrientes», artículo cuarenta y seis, «A Empresas Comerciales, Industriales o Financieras», concepto cuatrocientos sesenta y dos, «Subvención a la Compañía Metropolitano de Madrid, correspondiente a mil novecientos setenta y ocho y mil novecientos setenta y nueve». El crédito extraordinario se financiará mediante un préstamo del Banco de España al Tesoro, el cual no devengará interés, según establece el artículo 2. La norma fue promulgada por el Rey Juan Carlos I, quien sancionó la ley en el Palacio Real de Madrid el 10 de junio de 1981, y firmada por el Presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo. La norma se inscribe en el marco de la legislación financiera del Estado, y su aplicación se basa en la necesidad de garantizar la viabilidad económica de una empresa pública de transporte. El crédito se destina específicamente a cubrir déficit de explotación, lo que implica que se trata de una medida de apoyo financiero a una empresa con dificultades económicas. La ley no establece mecanismos de control o supervisión posterior, lo que sugiere que el objetivo principal es la inmediata resolución de un déficit económico. La subvención se incluye en el presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, lo que refleja la atribución de responsabilidad en la gestión de la empresa pública. La norma no establece limitaciones temporales ni condiciones adicionales para el uso del crédito, lo que podría generar preocupaciones sobre la sostenibilidad de la medida a largo plazo. No se menciona la posibilidad de revisión o ajuste del crédito en el futuro, lo que podría limitar su eficacia en la resolución de problemas estructurales. En términos de procedimiento, la ley fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey, lo que refleja el proceso ordinario de aprobación de leyes en el sistema español. La publicación en el Boletín Oficial del Estado garantiza su vigencia legal y su aplicación por parte de las autoridades competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 14/1981 concede un crédito extraordinario para resolver déficit de explotación de una empresa pública. Se aplica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y se financia mediante un préstamo sin interés. La norma fue aprobada y sancionada en 1981. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Crédito extraordinario**: Se concede un crédito por 2.383.263.228 pesetas para resolver déficit de explotación. ⚠️ **Financiación sin interés**: El crédito se financia mediante un préstamo del Banco de España al Tesoro, sin devengo de interés. 📋 **Destinado a empresa pública**: La subvención se destina a la Compañía Metropolitano de Madrid, S.A. ℹ️ **Procedimiento legal**: La ley fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 14/1981 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 10 de junio de 1981 - **Materias**: Financiero, transporte, empresas públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito extraordinario, déficit, empresa pública, Ministerio de Transportes, Banco de España ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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