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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 22/1981, de 24 de junio, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 113.448.487 pesetas para satisfacer los gastos previstos en el Real Decreto 855/1980, de 3 de mayo, de elecciones parciales para cubrir escaños de Senador en representación de las provincias de Almería y Sevilla.

BOE-A-1981-15808Publicada: 16/07/1981JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 22/1981, de 24 de junio, sobre concesión de un crédito extraordinario por im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 22/1981 concede un crédito extraordinario para financiar los gastos derivados de elecciones parciales en las provincias de Almería y Sevilla. 2. **CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I en 1981. Se emitió en el marco de una necesidad específica de financiación para la celebración de elecciones parciales. La ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de junio de 1981. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 22/1981, de 24 de junio, establece la concesión de un crédito extraordinario de 113.448.487 pesetas para cubrir los gastos relacionados con la celebración de elecciones parciales para cubrir escaños de Senador en representación de las provincias de Almería y Sevilla. El crédito se concede al Presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, «Ministerio de Interior», Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales», artículo veinticinco, «Gastos especiales para funcionamiento de los servicios», concepto doscientos cincuenta y siete (nuevo), «Gastos ocasionados para la celebración de elecciones parciales para cubrir escaños de Senador en representación de las provincias de Almería y Sevilla». El artículo 1 detalla el monto y la asignación del crédito, mientras que el artículo 2 establece que el importe del crédito se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público. La norma se fundamenta en la necesidad de financiación específica para la organización y ejecución de elecciones parciales, lo cual implica gastos adicionales no previstos en el presupuesto ordinario. La concesión de créditos extraordinarios es una herramienta fiscal utilizada por el Estado para cubrir gastos imprevistos o extraordinarios que no pueden ser financiados mediante el presupuesto ordinario. En este caso, el crédito se destinó a garantizar la correcta realización de elecciones parciales, que son una forma de renovación de la representación senatorial en ciertas provincias. La norma se emitió en el contexto de un sistema electoral en el que la representación senatorial se basa en la distribución de escaños según la población de las provincias, lo que exige la realización periódica de elecciones parciales para mantener la representatividad. La Ley 22/1981 refleja la necesidad de una respuesta inmediata y financiera para garantizar el funcionamiento del sistema democrático y la legitimidad de los resultados electorales. La norma no establece nuevas instituciones ni derechos, sino que se limita a la concesión de un crédito para financiar gastos específicos. No hay disposiciones que modifiquen el régimen electoral ni la estructura del Senado, sino que se centra en la financiación de la celebración de elecciones parciales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 22/1981 concede un crédito extraordinario para financiar elecciones parciales en Almería y Sevilla. Se emitió en 1981 y se publicó en el BOE. No establece nuevas normas, sino que responde a una necesidad específica de financiación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 113.448.487 pesetas para financiar elecciones parciales. ⚠️ **Destinatario**: El crédito se asigna al Ministerio de Interior y al Servicio cero uno. 📋 **Financiación**: Se cubrirá con anticipos del Banco de España al Tesoro Público. ℹ️ **Contexto**: La norma se emitió en 1981 para garantizar la celebración de elecciones parciales en Almería y Sevilla. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 22/1981 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 24 de junio de 1981 - **Materias**: Elecciones, financiación pública, gastos públicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: elecciones parciales, crédito extraordinario, Senado, Ministerio de Interior, Banco de España, presupuesto, gastos públicos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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