Real Decreto-leyNacionalvigente

Orden de 31 de julio de 1981 por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto-ley 6/1981, de 10 de abril, sobre concesión de moratorias por daños a causa de la sequía.

BOE-A-1981-17406Publicada: 01/08/1981PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de julio de 1981 por la que se dictan normas de aplicación del Real ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 11/1981, de 31 de julio, establece el procedimiento para la solicitud y concesión de moratorias en el pago de ciertas contribuciones agrarias y de la Seguridad Social Agraria, en virtud del Real Decreto-ley 6/1981, de 10 de abril, que concede dichas moratorias a explotaciones agrarias afectadas por la sequía. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 6/1981, de 10 de abril, concede a los titulares de explotaciones agrarias en ciertas provincias afectadas por la sequía, la posibilidad de obtener una moratoria en el pago de ciertas contribuciones. El presente Real Decreto-ley 11/1981, de 31 de julio, desarrolla y regula el procedimiento para la solicitud y concesión de dichas moratorias. La norma establece las provincias afectadas, los requisitos para la solicitud, el plazo de presentación y la resolución de las peticiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 11/1981, de 31 de julio, regula el procedimiento para la concesión de moratorias en el pago de la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria y de la cuota por jornadas teóricas de la Seguridad Social Agraria, en virtud del Real Decreto-ley 6/1981, de 10 de abril. El texto establece que las moratorias están destinadas a titulares de explotaciones agrarias en las provincias de Almería, Málaga, Jaén, Granada, Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Cáceres, Badajoz, Murcia, Albacete, Ciudad Real, Toledo, Salamanca, León, Zamora, Valladolid, Palencia, Cuenca, Huesca, Zaragoza y Teruel que hayan sufrido daños superiores al 50 por 100 de la producción media normal. El artículo 1 establece que los titulares de dichas explotaciones podrán solicitar las moratorias, siempre que hayan sufrido daños causados por la sequía. El artículo 2 detalla que las solicitudes deberán presentarse en la Cámara Agraria Local correspondiente, mediante instancia dirigida al Delegado provincial de Agricultura, y que en dicha instancia se deberán incluir los datos identificativos del recibo de la Contribución. El artículo 3 fija el plazo de presentación de las peticiones, que se iniciará a partir de la publicación de la orden y se mantendrá abierto hasta el 31 de agosto de 1981. El artículo 4 establece que el Delegado de Agricultura resolverá las peticiones, remitiendo quincenalmente a la Delegación de Hacienda una relación certificada de las solicitudes sobre las que haya recaído acuerdo favorable, para que ésta acuerde la concesión de la moratoria. El artículo 5 prevé que la falsedad intencionada en la formulación de las peticiones conlleve la denegación de la moratoria, la pérdida de las ya concedidas y la inhabilitación para percibir nuevas ayudas oficiales por daños climatológicos durante dos años. Esta norma establece un procedimiento claro y estructurado para la concesión de moratorias, con un enfoque en la protección de los agricultores afectados por la sequía, garantizando que solo aquellos que reúnan los requisitos establecidos puedan beneficiarse de dicha medida. Además, establece sanciones en caso de falsedad, lo que refuerza la integridad del proceso. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 11/1981, de 31 de julio, establece un procedimiento para la concesión de moratorias a explotaciones agrarias afectadas por la sequía. Establece las provincias afectadas, los requisitos para la solicitud, el plazo de presentación y la resolución de las peticiones. Además, prevé sanciones por falsedad en la formulación de las solicitudes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Moratorias para explotaciones agrarias afectadas por sequía**: Se conceden a titulares de explotaciones en ciertas provincias que hayan sufrido daños superiores al 50% de la producción media normal. ⚠️ **Requisitos y procedimiento**: Las solicitudes deben presentarse en la Cámara Agraria Local, con datos identificativos del recibo de la Contribución. 📋 **Plazo de presentación**: Desde la publicación de la orden hasta el 31 de agosto de 1981. ℹ️ **Sanciones por falsedad**: La falsedad intencionada en la solicitud conlleva la pérdida de la moratoria y inhabilitación para recibir nuevas ayudas durante dos años. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 31 de julio de 1981 - **Tipo**: Real Decreto-ley - **Fecha**: 31 de julio de 1981 - **Materias**: Agricultura, Seguridad Social, Hacienda, Daños climatológicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: moratoria, sequía, contribución territorial rústica y pecuaria, Seguridad Social Agraria, daños climatológicos, agricultura, Hacienda, procedimiento, sanciones ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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