ResoluciónNacionalvigente

Canje de Notas constitutivo de Acuerdo de cooperación complementario entre el Reino de España y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en relación con el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, hecho en Nueva York el 20 y 22 de abril de 2021.

BOE-A-2021-10586Publicada: 25/06/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo entre el Gobierno de España y UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia) que permite que UNICEF instale personal y realice operaciones de tecnología de la información y comunicaciones en los locales del Centro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de las Naciones Unidas ubicado en Valencia, dentro del marco del Acuerdo Marco bilateral de 2004. **¿A quién afecta?** Afecta a UNICEF y a España en sus relaciones institucionales. También afecta al personal de UNICEF que se despliegue en Valencia. No aplica al Comité Nacional Español de UNICEF, que es una organización privada nacional y no recibe los beneficios de inmunidades y privilegios establecidos en el acuerdo. **¿Qué cambia o establece?** Establece que UNICEF goza en España de los mismos privilegios e inmunidades que las Naciones Unidas conforme a las convenciones internacionales, y que puede usar las instalaciones en Valencia para sus operaciones de tecnología. El acuerdo entra en vigor desde la confirmación escrita y permanecerá vigente hasta que se suscriba un Acuerdo de Sede definitivo entre España y UNICEF.

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo complementario formaliza la expansión operativa de UNICEF en territorio español bajo el marco de 2004, adaptando un modelo de relaciones internacionales consolidado donde organismos de la ONU requieren territorialidad y privilegios para funcionar eficazmente. Aunque estas inmunidades son estándar en acuerdos bilaterales (España mantiene fórmulas similares con otras agencias internacionales), el elemento distintivo es la instalación de infraestructura tecnológica en Valencia para operaciones de mantenimiento de paz, bajo regulación internacional antes que autonómica. Para el ciudadano, implica presencia de personal internacional con estatus diplomático en territorio español, generando responsabilidades administrativas en caso de incidentes pero también contribución española a operaciones humanitarias de la ONU. La vigencia provisional hasta un acuerdo de sede definitivo refleja negociación en curso sobre términos duraderos.

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