Ley 4/1982, de 24 de febrero, por la que se amplía la plantilla presupuestaria del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, dependiente de Transportes y Comunicaciones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 4/1982, de 24 de febrero, por la que se amplía la plantilla presupuestaria d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 4/1982 amplía en 25 plazas la plantilla del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, elevando su dotación a 148 plazas. 2. **CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I el 24 de febrero de 1982. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor en la fecha de su promulgación. La ley fue promovida con el objetivo de adaptar la plantilla del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto a las necesidades operativas del sector aeronáutico. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 4/1982, de 24 de febrero, se centra en la modificación de la dotación del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En su artículo 1, se establece que la plantilla se amplía en 25 plazas, pasando de 123 a 148 plazas. Esta modificación se justifica por la necesidad de mejorar la capacidad operativa del cuerpo en el ámbito de los aeropuertos nacionales. En el artículo 2, se detalla que la dotación de las nuevas plazas se realizará con efectos de la entrada en vigor de la ley, autorizando al Ministerio de Hacienda para habilitar los créditos necesarios para su cumplimiento. Se permite que el Ministerio efectúe las transferencias oportunas para garantizar el adecuado funcionamiento del cuerpo. El artículo 3 establece que, a medida que se cubran las nuevas plazas, se darán de baja en los créditos del Presupuesto del Organismo Autónomo «Aeropuertos Nacionales» las cantidades necesarias para financiarlas. Esto se hace sin que se produzca un incremento del gasto público, lo que refleja una gestión fiscal responsable. La norma se fundamenta en la necesidad de adaptar la estructura del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto a las demandas crecientes del sector aeronáutico, garantizando así la eficiencia y la seguridad en la operación de los aeropuertos nacionales. La ley no introduce cambios sustanciales en el régimen jurídico del cuerpo, sino que se limita a la modificación de su dotación. La norma se publicó en el BOE el 24 de febrero de 1982 y entró en vigor en la misma fecha. La promulgación fue firmada por el Rey Juan Carlos I, quien la sancionó tras su aprobación por las Cortes Generales. El texto legal se estructura de forma clara y directa, sin incluir disposiciones transitorias ni excepcionales, lo que refleja una redacción concisa y funcional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 4/1982 modifica la dotación del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, ampliando su plantilla en 25 plazas. La norma se fundamenta en la necesidad de adaptar la estructura del cuerpo a las demandas del sector aeronáutico, sin incrementar el gasto público. La ley fue promulgada y sancionada por el Rey Juan Carlos I en 1982. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de la plantilla**: La ley aumenta en 25 plazas la dotación del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, pasando de 123 a 148 plazas. ⚠️ **Gasto público**: La modificación se realiza sin incrementar el gasto público, ya que se gestionan las transferencias necesarias. 📋 **Autorización de créditos**: El Ministerio de Hacienda se autoriza para habilitar los créditos necesarios para la dotación de las nuevas plazas. ℹ️ **Sector aeronáutico**: La norma responde a la necesidad de adaptar la estructura del cuerpo a las demandas operativas del sector aeronáutico. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 4/1982 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 24 de febrero de 1982 - **Materias**: Administrativo, Aeronáutica, Recursos humanos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuerto, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Aeropuertos Nacionales, dotación, gasto público, Ley Ordinaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────