Aplicación provisional del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa por el que se aprueba la modificación del Acuerdo relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat, hecho ad referendum en París el 10 de enero de 2008, hecho en Madrid y París el 15 de marzo de 2021.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Francia que modifica el Acuerdo anterior sobre la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat. La modificación añade un nuevo párrafo que establece qué hacer cuando una crisis en uno o ambos países imposibilita organizar los exámenes según los procedimientos ordinarios. El acuerdo se aplica provisionalmente desde su firma el 15 de marzo de 2021. **¿A quién afecta?** Afecta a estudiantes que quieran obtener la doble titulación de Bachiller español y Baccalauréat francés. Afecta también a los centros educativos españoles y franceses en el extranjero que ofrecen estos títulos. Impacta en los Ministerios de Educación de ambos países al permitirles adoptar procedimientos excepcionales de evaluación durante situaciones de crisis. **¿Qué cambia o establece?** Establece que durante una crisis, los ministerios de Educación pueden usar procedimientos excepcionales de evaluación en lugar de los ordinarios. Mantiene que España y Francia se reconocerán mutuamente cualquier procedimiento de evaluación que adopten, incluso si es excepcional. Las excepciones decididas a nivel nacional aplican también a los centros en el extranjero. Requiere que las Partes comuniquen por vía diplomática cuando derogue temporalmente los procedimientos ordinarios.
💬 Contexto ciudadano
El Acuerdo de 2008 entre España y Francia permitía la doble titulación Bachiller-Baccalauréat, pero carecía de mecanismos para crisis que impidiesen los exámenes ordinarios, exposición evidenciada durante la pandemia de COVID-19. Esta modificación de 2021 alinea el marco bilateral con prácticas europeas de flexibilidad educativa, comparable a cómo Italia, Alemania y Portugal han adaptado acuerdos similares. Aunque no vincula a toda la UE (es acuerdo bilateral), reviste importancia jurídica supranacional al garantizar reconocimiento mutuo de evaluaciones excepcionales. Representa aprobación conjunta España-Francia, con aplicación provisional sin ratificación parlamentaria plena. Para ciudadanos afecta directamente: estudiantes en programas de doble titulación en ambos países logran certidumbre de finalizar sus estudios incluso en crisis, manteniendo validez de títulos mediante procedimientos flexibles comunicados diplomáticamente entre Ministerios.