Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

BOE-A-2021-11510Publicada: 12/07/2021PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden que modifica la estructura de los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado española. Cambia cómo están organizados los ministerios y sus órganos superiores. **¿A quién afecta?** A toda la Administración General del Estado, sus ministerios y organismos públicos adscritos. Afecta a la organización administrativa del Gobierno. **¿Qué cambia o establece?** Suprime el Ministerio de Política Territorial y Función Pública como ministerio único y lo divide: la función pública se integra en el Ministerio de Hacienda y Función Pública (que ahora también gestiona administración pública y gobernanza), mientras que la política territorial forma un nuevo Ministerio de Política Territorial independiente. El Ministerio de Hacienda y Función Pública se estructura en tres Secretarías de Estado: Hacienda, Presupuestos y Gastos, y Función Pública. Los organismos públicos quedan adscritos a los nuevos ministerios según sus competencias. La norma entra en vigor el día de su publicación.

💬 Contexto ciudadano

Este decreto reversa la integración realizada en 2020, dividiendo nuevamente el Ministerio de Política Territorial y Función Pública en dos entidades diferenciadas. Mientras que la función pública se refuerza dentro del Ministerio de Hacienda —integrando administración pública y gobernanza junto a políticas presupuestarias—, la política territorial recupera autonomía ministerial. Esta reorganización refleja una tendencia administrativa de separar gestión financiera de política territorial, modelo que diverge de algunas aproximaciones autonómicas más integradoras. El cambio afecta directamente a empleados públicos y ciudadanos en trámites administrativos, ya que redefine responsabilidades en gobernanza estatal y puede alterar procedimientos de coordinación interadministrativa.

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