ResoluciónNacionalvigente

Aplicación provisional del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo por el que se modifica el Convenio sobre transporte aéreo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Costa Rica, hecho en San José el 9 y 11 de junio de 2021.

BOE-A-2021-11377Publicada: 09/07/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Costa Rica que modifica el Convenio de Transporte Aéreo que tenían desde 1979. El acuerdo cambia los artículos 1, 3 y 4 del convenio original para actualizar cómo funcionan los vuelos comerciales internacionales entre los dos países. **¿A quién afecta?** Afecta a las autoridades aeronáuticas de España y Costa Rica, y a las empresas aéreas que quieran volar entre ambos países. Estas empresas necesitan permiso de sus gobiernos para prestar servicios de transporte de pasajeros, carga y correo en las rutas establecidas. **¿Qué cambia o establece?** Define nuevos requisitos para que una empresa aérea pueda operar: las empresas españolas deben estar establecidas en España y cumplir las normas de la Unión Europea; las empresas costarricenses deben estar establecidas en Costa Rica y bajo control costarricense. También permite que cada país revoque o suspenda los permisos a una empresa si no cumple estos requisitos o incumple el convenio.

💬 Contexto ciudadano

El marco anterior se basaba en el Convenio de 1979, un acuerdo bilateral clásico de aviación civil que, aunque operativo durante décadas, requería actualización normativa ante cambios en regulación aeronáutica internacional. Mientras España opera bajo el marco armonizado de la UE en aviación civil y negocia acuerdos abiertos con terceros países, Costa Rica mantiene negociaciones bilaterales estratégicas. Esta modificación alinea requisitos de establecimiento empresarial con estándares modernos —exigencia UE en operadores españoles— y reconoce el control nacional sobre operadores costarricenses. Para ciudadanos, implica acceso potencialmente mejorado a rutas aéreas entre ambos países, con garantías de cumplimiento normativo que pueden favorecer competencia y disponibilidad de servicios de transporte aéreo, beneficiando tanto a viajeros como a sectores que dependen de conectividad comercial.

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