ResoluciónNacionalvigente

Instrumento de Ratificación del Acuerdo para la terminación de los tratados bilaterales de inversión entre los Estados miembros de la Unión Europea, hecho en Bruselas el 5 de mayo de 2020.

BOE-A-2021-15243Publicada: 21/09/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** España ratifica un Acuerdo firmado el 5 de mayo de 2020 en Bruselas para terminar los tratados bilaterales de inversión que existen entre los Estados miembros de la Unión Europea. El instrumento de ratificación es aprobado por el Rey Felipe VI el 8 de julio de 2021, con autorización previa de las Cortes Generales. **¿A quién afecta?** Afecta a España y a los demás países miembros de la UE que han ratificado o ratificarán el Acuerdo. Impacta directamente en los inversores de estos Estados que tenían derechos bajo esos tratados bilaterales, particularmente en su capacidad para resolver conflictos de inversión mediante arbitraje internacional. **¿Qué cambia o establece?** Termina la vigencia de todos los tratados bilaterales de inversión entre Estados miembros de la UE, eliminando las cláusulas de arbitraje entre inversores y Estados. Para España, el Acuerdo entra en vigor el 10 de octubre de 2021, finalizando la aplicación provisional que regía desde el 4 de agosto de 2020. Esta terminación responde a una sentencia del Tribunal de Justicia europeo que declaró incompatibles estas cláusulas de arbitraje con el derecho de la Unión.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2020, España y los demás Estados miembros de la UE mantenían tratados bilaterales de inversión entre sí que permitían a inversores privados demandar directamente a los Estados ante tribunales arbitrales internacionales, un mecanismo heredado de la lógica de protección inversor-Estado típica entre naciones terceras. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (2019) declaró estas cláusulas incompatibles con el ordenamiento comunitario al vulnerar principios de soberanía judicial y autonomía institucional, lo que aceleró su eliminación sistemática en toda la Unión mediante este Acuerdo multilateral de 2020, cuya ratificación española se completó en 2021. Esta terminación diferencia la UE de acuerdos similares suscritos con terceros países (que mantienen arbitraje inversor-Estado) y refuerza la primacía del derecho comunitario. Para el ciudadano, supone que España recupera mayor poder regulatorio en ámbitos como medio ambiente, laboral o social sin temor a demandas arbitrales multimillonarias de inversores privados, aunque limita la protección de empresarios españoles invirtiendo en otros Estados miembros, compensada por garantías del ordenamiento UE.

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