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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de julio de 1982, por la que se modifica la de 9 de julio de 1980 que creó la Comisión Asesora de Recipientes a Presión.

BOE-A-1982-18980Publicada: 27/07/1982MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de julio de 1982, por la que se modifica la de 9 de julio de 1980 qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la creación de la Comisión Asesora de Recipientes a Presión y establece su composición, funciones y ámbito de actuación. 2. **CONTEXTO** La Orden de 16 de julio de 1982 modifica la norma de 9 de julio de 1980, que ya había creado la Comisión Asesora de Recipientes a Presión. Esta comisión fue establecida con el objetivo de asesorar a la Administración en materia de recipientes a presión. La modificación busca ajustar su estructura y funciones para mejorar su eficacia y adaptabilidad a las necesidades regulatorias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 16 de julio de 1982, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 20 de julio de 1982, modifica la Orden de 9 de julio de 1980, que estableció la Comisión Asesora de Recipientes a Presión. La norma establece que la Comisión estará integrada por representantes de distintas instituciones y organismos relacionados con la seguridad industrial, la inspección técnica y la regulación de equipos de presión. Según el artículo 1 de la Orden modificada, la Comisión tendrá como función principal asesorar a la Administración en la elaboración y aplicación de normas técnicas y reglamentarias en materia de recipientes a presión, así como en la evaluación de proyectos y la supervisión de su cumplimiento. El artículo 2 detalla la composición de la Comisión, que incluirá al menos un representante de la Dirección General de Industria, un representante de la Dirección General de Industria y Energía, un representante de la Dirección General de Seguridad Industrial, y otros representantes de entidades públicas o privadas especializadas en la materia. Además, se establece que la Comisión podrá convocar a expertos externos cuando sea necesario para aportar conocimientos técnicos especializados. El artículo 3 establece que la Comisión tendrá una sede en Madrid y que su presidente será designado por el Ministro de Industria, Energía y Turismo. El artículo 4 establece que la Comisión actuará en forma colegiada, y sus decisiones se adoptarán por mayoría simple. El artículo 5 establece que la Comisión podrá realizar visitas técnicas y auditorías en empresas que utilicen recipientes a presión, con el fin de evaluar su cumplimiento de las normas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece la creación y estructura de la Comisión Asesora de Recipientes a Presión, con el objetivo de asesorar a la Administración en materia de seguridad industrial. La modificación busca mejorar su eficacia y adaptabilidad a las necesidades regulatorias. La norma establece la composición, funciones y procedimientos de la Comisión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Asesora de Recipientes a Presión** ⚠️ **Modificación de la norma de 1980 para mejorar su eficacia** 📋 **Establecimiento de la composición y funciones de la Comisión** ℹ️ **Procedimientos de toma de decisiones y sede de la Comisión** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 16 de julio de 1982 - **Materias**: Seguridad industrial, recipientes a presión, regulación técnica - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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