Ley 52/1982, de 13 de julio, de reclasificación y ampliación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 52/1982, de 13 de julio, de reclasificación y ampliación del Parque Nacional ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 52/1982 establece la reclasificación y ampliación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, definiendo su nuevo ámbito territorial y el régimen jurídico especial que le corresponde. **2. CONTEXTO** La norma se aprobó en el año 1982, en un contexto de creciente conciencia ambiental y necesidad de proteger áreas naturales de alto valor ecológico y cultural. El Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido era ya una zona protegida, pero esta ley busca ampliar su superficie y mejorar su protección. La norma se enmarca en el marco legal de la Ley 15/1975, que establece el sistema de espacios naturales protegidos en España. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 52/1982, de 13 de julio de 1982, establece la reclasificación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido como un espacio natural protegido de interés nacional, con un régimen jurídico especial. El artículo primero define la finalidad de la ley, que es la protección de la integridad de la gea, flora, fauna, aguas y atmósfera del parque, así como el conjunto de sus ecosistemas, por su interés educativo, científico, cultural, recreativo, turístico y socioeconómico. El artículo segundo detalla el ámbito territorial del parque. Se establece que el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido tiene una superficie total de quince mil seiscientas ocho hectáreas y afecta a los términos municipales de Bielsa, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla, en la provincia de Huesca. Sus límites se detallan en el anexo número uno de la ley. Además, se permite al gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, incorporar al parque otros terrenos colindantes que reúnan características adecuadas, siempre que sean de propiedad del Estado o de sus organismos, o sean expropiados o aportados por sus propietarios. El artículo tercero describe los límites de la zona de protección oriental del parque. Se detalla el recorrido desde el pico de Joverniles hasta el límite del parque, siguiendo ríos, barrancos y divisoria de agua. Los límites se definen con precisión geográfica, incluyendo puntos específicos como el collado de Fanlo, la gruta de los Moros, el mirador de Vió, y la frontera francesa. La ley establece que el régimen jurídico especial se basa en la protección de la integridad ecológica del parque, lo que implica limitar actividades que puedan alterar su equilibrio. Además, se establecen medidas para garantizar la protección de los ecosistemas, incluyendo la expropiación de terrenos necesarios y la incorporación de áreas colindantes. La norma también establece que el gobierno debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección del parque, incluyendo la habilitación de medios adecuados para su gestión. La ley se complementa con el anexo que detalla los límites del parque y la zona de protección, lo que permite una gestión precisa y efectiva del espacio natural. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 52/1982 redefine el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido con un nuevo ámbito territorial y un régimen jurídico especial. Establece la protección de su integridad ecológica y permite la incorporación de terrenos colindantes. La norma se basa en la Ley 15/1975 y se aplica en el ámbito de la provincia de Huesca. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reclasificación y ampliación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido** ⚠️ **Régimen jurídico especial para la protección de ecosistemas** 📋 **Incorporación de terrenos colindantes mediante expropiación o aportación de propietarios** ℹ️ **Detallado mapa de límites con puntos geográficos específicos** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 52/1982 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 13 de julio de 1982 - **Materias**: Protección del medio ambiente, parques nacionales, gestión territorial - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────