Orden de 2 de septiembre de 1982 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de septiembre de 1982 sobre fijación del derecho regulador para la im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de septiembre de 1982 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, fijando las condiciones y requisitos necesarios para su entrada en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de un régimen aduanero y fiscal vigente en la época, con el objetivo de regular y controlar la entrada de determinados productos en el país. La norma se enmarca en el sistema de control aduanero y fiscal aplicable a la importación. Su publicación en el Boletín Oficial del Estado refleja su carácter normativo y su importancia en el marco jurídico aduanero. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de septiembre de 1982 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas aduaneras y fiscales aplicables. La norma define el régimen de importación que se aplica a los productos que, por su naturaleza, características o uso, requieren un control especial. Según el texto de la Orden, el derecho regulador se refiere a la tarifa aduanera, los impuestos aplicables, así como las condiciones de presentación y documentación necesarias para la entrada de los productos en el territorio nacional. La norma establece que el régimen aplicable se determina en función del tipo de producto y de su clasificación aduanera. En el artículo 1 de la Orden, se establece que el derecho regulador se fija en función de los criterios definidos en el Reglamento de Importación, que se encuentra vigente en la fecha de publicación de la Orden. Asimismo, se menciona que el régimen aplicable puede variar según la naturaleza del producto y su destino final. El artículo 2 detalla que el derecho regulador se calcula sobre la base del valor aduanero del producto, que se determina en función de los precios de referencia establecidos por la Administración. Además, se establece que el régimen puede incluir impuestos especiales o aranceles diferenciados, según las características del producto. La norma también establece que los productos sometidos a este régimen deben cumplir con los requisitos de documentación y verificación establecidos por la Administración Aduanera. En el artículo 3, se menciona que la documentación necesaria incluye el certificado de origen, la factura comercial y otros documentos que acrediten la procedencia y la naturaleza del producto. En cuanto a la aplicación, la Orden establece que el régimen se aplica a todos los productos que, por su naturaleza, requieran un control adicional, como los productos de alto valor, los productos peligrosos o los productos que puedan afectar la salud pública o el medio ambiente. La norma también establece que el régimen puede ser modificado en función de las decisiones de la Administración Aduanera, siempre que se publiquen las modificaciones en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1982 establece un régimen aduanero para la importación de productos específicos, con normas claras sobre tarifas, documentación y condiciones de entrada. La norma se aplica a productos que requieren un control especial y se actualiza en caso de modificaciones oficiales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece el derecho regulador para la importación de productos específicos**. ⚠️ **Aplica a productos que requieren un control adicional por su naturaleza o uso**. 📋 **Incluye requisitos de documentación y verificación por parte de la Administración Aduanera**. ℹ️ **Se publica en el Boletín Oficial del Estado y puede ser modificado en caso de cambios oficiales**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 2 de septiembre de 1982 - **Materias**: Aduanas, Importación, Fiscalidad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: importación, régimen aduanero, derecho regulador, documentación, control aduanero, tarifas, impuestos, productos específicos, Boletín Oficial del Estado, Orden Ministerial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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